Alcobendas (BOCM-20240816-41)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 195
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al público durante el plazo de quince días para su examen y reclamación por parte de los interesados, los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:
CONCEPTO
EJERCICIO
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
2024
TASA POR GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS (Actividades Económicas)
2024
Durante el plazo indicado de exposición al público, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Europeo 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor, número 1, planta baja,
del Ayuntamiento) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los
referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público:
OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (S.A.C.) RECOMENDABLE CON CITA PREVIA
Oficina en el Ayuntamiento de Alcobendas
Plaza Mayor, 1
HORARIO: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Oficina Distrito Centro: Pza. Pueblo, 1
Oficina Distrito Urbanizaciones: Av. Bruselas, 19
Julio, agosto y Navidad: de 8:30 a 14:30h.
Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00.
Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados
Cita Previa Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.):
Servicio Atención Telefónica:
A través de la web municipal: www.alcobendas.org
Teléfono 010 si llama desde Alcobendas.
Llamando al 010 desde Alcobendas (coste llamada según tarifa de Llamando al 912969088 desde fuera de Alcobendas o desde móviles
cada operadora de telefonía) o
HORARIO: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Llamando al 91296.90.88 desde móviles o desde fuera de Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados
Alcobendas
Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente en el presente anuncio, los interesados podrán interponer:
— Con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de
finalización del período de exposición pública, el recurso de reposición previsto
en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el
órgano que lo dictó.
— O bien directamente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, la reclamación económico-administrativa prevista en el artículo 137 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del
Ayuntamiento de Alcobendas. En todo caso, la reclamación económico-administrativa tendrá carácter preceptivo para poder interponer recurso contenciosoadministrativo.
Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición no se podrá interponer reclamación económico-administrativa hasta que aquel sea resuelto de forma expresa o pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Alcobendas, a 5 de agosto de 2024.—La alcaldesa accidental, conforme a lo previsto
en el artículo 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, María José Ortiz Iglesias de Ussel.
(01/13.008/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240816-41
Información y gestiones tributarias en la dirección web: www.alcobendas.org Oficina Tributaria Virtual del Ayuntamiento de Alcobendas
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Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al público durante el plazo de quince días para su examen y reclamación por parte de los interesados, los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:
CONCEPTO
EJERCICIO
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
2024
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2024
Durante el plazo indicado de exposición al público, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Europeo 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor, número 1, planta baja,
del Ayuntamiento) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los
referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público:
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Plaza Mayor, 1
HORARIO: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Oficina Distrito Centro: Pza. Pueblo, 1
Oficina Distrito Urbanizaciones: Av. Bruselas, 19
Julio, agosto y Navidad: de 8:30 a 14:30h.
Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00.
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cada operadora de telefonía) o
HORARIO: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Llamando al 91296.90.88 desde móviles o desde fuera de Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados
Alcobendas
Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente en el presente anuncio, los interesados podrán interponer:
— Con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de
finalización del período de exposición pública, el recurso de reposición previsto
en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el
órgano que lo dictó.
— O bien directamente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, la reclamación económico-administrativa prevista en el artículo 137 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del
Ayuntamiento de Alcobendas. En todo caso, la reclamación económico-administrativa tendrá carácter preceptivo para poder interponer recurso contenciosoadministrativo.
Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición no se podrá interponer reclamación económico-administrativa hasta que aquel sea resuelto de forma expresa o pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Alcobendas, a 5 de agosto de 2024.—La alcaldesa accidental, conforme a lo previsto
en el artículo 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, María José Ortiz Iglesias de Ussel.
(01/13.008/24)
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