D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240816-25)
Oficinas de farmacia –  Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 21 de septiembre de 2022 y siguientes, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2021, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 195

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 159

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de Inspección y
Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución
de 21 de septiembre de 2022 y siguientes, por la que se autoriza la apertura de
nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2021, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Inspección y
Ordenación Sanitaria, de 6 de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 22 de septiembre de 2021), por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de ellas y se abre un período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, en base a solicitudes
formuladas a instancia de parte. De acuerdo, asimismo, con lo dispuesto en la Resolución de
la Dirección General de Inspección, Ordenación y Estrategia sanitaria de 21 de septiembre
de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2022), por
la que se hace público el listado resultante de los farmacéuticos autorizados y el de los farmacéuticos provisionalmente adjudicatarios para la apertura de nuevas oficinas de farmacia,
en las zonas farmacéuticas, en base al orden de prelación establecido en sus solicitudes, cabe
señalar los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante Resolución de la Dirección General de Inspección, Ordenación y Estrategia
Sanitaria, de 21 de septiembre de 2022, se autoriza la apertura de 21 nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2021.
Con esta Resolución, se hace público el listado de la puntuación definitiva obtenida por los
solicitantes admitidos, tras la valoración de los conocimientos académicos y de la experiencia profesional alegados en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.3
del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, por el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional,
los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid, en su Anexo I; los listados, por zonas farmacéuticas, de la puntuación definitiva obtenida, en su Anexo II y el listado resultante de los
farmacéuticos autorizados y los farmacéuticos provisionalmente adjudicatarios para la
apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas, en base al orden de prelación establecido en sus solicitudes en su Anexo III.

Conforme a lo establecido en la referida Resolución de 21 de septiembre de 2022, y
atendiendo al contenido de los Resuelvos Tercero y Cuarto, se inicia el procedimiento de
autorización de apertura de las nuevas oficinas de farmacia, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre. De esta manera, aquellos
farmacéuticos que, conforme al Anexo III, hubieran resultado autorizados para la apertura
de una nueva oficina de farmacia, debían aportar los documentos originales acreditativos
de los méritos y experiencia profesional presentados con su solicitud, a efectos de su debida verificación y acreditar la constitución de una garantía por un valor de 3.005,06 euros,
en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la citada
Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (5 de octubre de 2022)

BOCM-20240816-25

Segundo