D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240816-38)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez para la importación de fondos digitalizados a la Biblioteca Digital de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 195
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
38
CONVENIO de colaboración de 1 de agosto de 2024, entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez para la importación
de fondos digitalizados a la Biblioteca Digital de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 1 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, por nombramiento efectuado por Decreto del Consejo de Gobierno 268/2023, de 5 de diciembre, actuando
por delegación del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de lo dispuesto en
la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, de acuerdo
con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en relación
con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid y con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, Don Miguel Gómez Herrero Alcalde del Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez con toma de posesión de fecha 21 de junio de 2024, y en virtud de
las facultadas conferidas por los artículos 21 y 26 1.b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Capítulo II del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Aranjuez.
Actúan en razón de sus respectivos cargos, reconociéndose recíprocamente poderes y
capacidad legal necesaria para la suscripción del presente documento y, en su virtud,
I. Que la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid es un organismo al que corresponde, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, el ejercicio de las atribuidas a la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad, sin perjuicio de la competencia del
Estado para la defensa de los mismos contra la exportación y la expoliación; los archivos y
el patrimonio documental; bibliotecas, el libro y el fomento de la lectura y las hemerotecas.
En particular, de acuerdo con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, entre las funciones asignadas a la Consejería competente en materia de Cultura se
encuentra el acrecentamiento, conservación y difusión del patrimonio bibliográfico de la Comunidad de Madrid, así como, la política de digitalización de documentos y el establecimiento de protocolos y normas técnicas de actuación en esta materia.
Los proyectos relacionados con la conservación y difusión del patrimonio bibliográfico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad
de Madrid entre las que se encuentran el apoyo a las instituciones para la conservación y difusión de sus fondos mediante la digitalización de estos o su alojamiento en la Biblioteca
Digital de Madrid constituyen una actuación de gran trascendencia y relevancia en la defensa del patrimonio bibliográfico.
BOCM-20240816-38
EXPONEN
B.O.C.M. Núm. 195
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
38
CONVENIO de colaboración de 1 de agosto de 2024, entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez para la importación
de fondos digitalizados a la Biblioteca Digital de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 1 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, por nombramiento efectuado por Decreto del Consejo de Gobierno 268/2023, de 5 de diciembre, actuando
por delegación del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de lo dispuesto en
la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, de acuerdo
con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en relación
con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid y con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, Don Miguel Gómez Herrero Alcalde del Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez con toma de posesión de fecha 21 de junio de 2024, y en virtud de
las facultadas conferidas por los artículos 21 y 26 1.b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Capítulo II del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Aranjuez.
Actúan en razón de sus respectivos cargos, reconociéndose recíprocamente poderes y
capacidad legal necesaria para la suscripción del presente documento y, en su virtud,
I. Que la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid es un organismo al que corresponde, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, el ejercicio de las atribuidas a la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad, sin perjuicio de la competencia del
Estado para la defensa de los mismos contra la exportación y la expoliación; los archivos y
el patrimonio documental; bibliotecas, el libro y el fomento de la lectura y las hemerotecas.
En particular, de acuerdo con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, entre las funciones asignadas a la Consejería competente en materia de Cultura se
encuentra el acrecentamiento, conservación y difusión del patrimonio bibliográfico de la Comunidad de Madrid, así como, la política de digitalización de documentos y el establecimiento de protocolos y normas técnicas de actuación en esta materia.
Los proyectos relacionados con la conservación y difusión del patrimonio bibliográfico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad
de Madrid entre las que se encuentran el apoyo a las instituciones para la conservación y difusión de sus fondos mediante la digitalización de estos o su alojamiento en la Biblioteca
Digital de Madrid constituyen una actuación de gran trascendencia y relevancia en la defensa del patrimonio bibliográfico.
BOCM-20240816-38
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