C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240816-2)
Concesión ayudas – Orden de 1 de agosto de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se publica el listado definitivo de solicitantes excluidos del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero
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BOCM
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 195
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
2
ORDEN de 1 de agosto de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se publica el listado definitivo de solicitantes excluidos
del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 14 de septiembre de 2022, se autoriza
la concesión directa de las subvenciones del Bono Alquiler Joven reguladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, y se autoriza el procedimiento aplicable para la tramitación
y resolución de los procedimientos de su concesión y pago en la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Acuerdo de Consejo de Gobierno, la Resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al
titular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura mediante Orden, que
podrá ser objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Visto que por Orden de 6 de noviembre de 2023 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 271 de 14 de noviembre de 2023 se declaró agotado el crédito disponible
para el Bono Alquiler Joven, así como que determinados solicitantes no han acreditado el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 del citado Acuerdo de Consejo
de Gobierno de 14 de septiembre de 2022 para acceder a la condición de beneficiario procede la adopción de resolución sobre las solicitudes presentadas que no han sido objeto de
concesión, por lo que:
DISPONGO
Primero
Publicar el listado definitivo de solicitantes excluidos con indicación del motivo de
exclusión, de entre aquellos que salieron requeridos a subsanar en los tres listados de expedientes publicados en las Resoluciones de 17 de febrero de 2023 y 18 de abril de 2023,
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y en la Resolución de 24
de octubre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por no
reunir los requisitos establecidos en Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022 o habiendo cumplido los requisitos tras el requerimiento, por haber sido declarado agotado el crédito disponible según se establece en el artículo 9 del Acuerdo de
Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022.
El listado será publicado a efectos de su consulta en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/
Declarar excluidas, al haber sido declarado agotado el crédito disponible según se establece en el artículo 9 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022,
el resto de solicitudes cuyos interesados no hayan sido incluidos en ninguno de los seis listados de beneficiarios publicados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y que
fueron aprobados por las Órdenes 4698/2022, de 28 de diciembre, 4707/2022 y 4724/2022,
ambas de 30 de diciembre, 1018/2023, de 31 de marzo y 1720/2023, de 23 de mayo, todas
ellas de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura y por la Orden de 6 de
noviembre de 2023 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
Tercero
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en
BOCM-20240816-2
Segundo
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VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 195
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
2
ORDEN de 1 de agosto de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se publica el listado definitivo de solicitantes excluidos
del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 14 de septiembre de 2022, se autoriza
la concesión directa de las subvenciones del Bono Alquiler Joven reguladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, y se autoriza el procedimiento aplicable para la tramitación
y resolución de los procedimientos de su concesión y pago en la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Acuerdo de Consejo de Gobierno, la Resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al
titular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura mediante Orden, que
podrá ser objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Visto que por Orden de 6 de noviembre de 2023 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 271 de 14 de noviembre de 2023 se declaró agotado el crédito disponible
para el Bono Alquiler Joven, así como que determinados solicitantes no han acreditado el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 del citado Acuerdo de Consejo
de Gobierno de 14 de septiembre de 2022 para acceder a la condición de beneficiario procede la adopción de resolución sobre las solicitudes presentadas que no han sido objeto de
concesión, por lo que:
DISPONGO
Primero
Publicar el listado definitivo de solicitantes excluidos con indicación del motivo de
exclusión, de entre aquellos que salieron requeridos a subsanar en los tres listados de expedientes publicados en las Resoluciones de 17 de febrero de 2023 y 18 de abril de 2023,
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y en la Resolución de 24
de octubre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por no
reunir los requisitos establecidos en Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022 o habiendo cumplido los requisitos tras el requerimiento, por haber sido declarado agotado el crédito disponible según se establece en el artículo 9 del Acuerdo de
Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022.
El listado será publicado a efectos de su consulta en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/
Declarar excluidas, al haber sido declarado agotado el crédito disponible según se establece en el artículo 9 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022,
el resto de solicitudes cuyos interesados no hayan sido incluidos en ninguno de los seis listados de beneficiarios publicados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y que
fueron aprobados por las Órdenes 4698/2022, de 28 de diciembre, 4707/2022 y 4724/2022,
ambas de 30 de diciembre, 1018/2023, de 31 de marzo y 1720/2023, de 23 de mayo, todas
ellas de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura y por la Orden de 6 de
noviembre de 2023 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
Tercero
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en
BOCM-20240816-2
Segundo