Colmenar Viejo (BOCM-20240813-49)
Urbanismo. Ordenanza calificaciones urbanísticas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 397
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
COLMENAR VIEJO
URBANISMO
BOCM-20240813-49
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión ordinaria celebrada el día 24
de julio de 2024, ha acordado la aprobación inicial de la ordenanza municipal de usos y calificaciones urbanísticas en suelo no urbanizable.
En cumplimiento de la legislación vigente en materia de régimen local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o alegaciones que estimen
oportunas.
Una vez publicado el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, podrá ser consultado en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, de
lunes a viernes, previa cita.
Asimismo, se podrá acceder a toda la información a través de la sede electrónica municipal ( www.colmenarviejo.com ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, esta modificación
se entenderá definitivamente aprobada.
Colmenar Viejo, a 1 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez
Rodríguez.
(03/12.856/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 397
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
COLMENAR VIEJO
URBANISMO
BOCM-20240813-49
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión ordinaria celebrada el día 24
de julio de 2024, ha acordado la aprobación inicial de la ordenanza municipal de usos y calificaciones urbanísticas en suelo no urbanizable.
En cumplimiento de la legislación vigente en materia de régimen local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o alegaciones que estimen
oportunas.
Una vez publicado el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, podrá ser consultado en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, de
lunes a viernes, previa cita.
Asimismo, se podrá acceder a toda la información a través de la sede electrónica municipal ( www.colmenarviejo.com ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, esta modificación
se entenderá definitivamente aprobada.
Colmenar Viejo, a 1 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez
Rodríguez.
(03/12.856/24)
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ISSN 1989-4791