D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240812-25)
Estatutos federación deportiva – Orden 1488/2024, de 30 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
Pág. 120
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre,
por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de
la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 54 de los estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su
inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos de la Real Federación de
Fútbol de Madrid en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de julio de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, P. D. F. (Resolución de 10 de julio de 2024), el Subdirector General de Estudios y Formación Deportiva,
Ricardo Echeita Sarrionandia.
ANEXO
Artículo 54
1. El Comité Ejecutivo actuará con las mismas funciones y facultades que corresponden a la Junta Directiva en nombre y por delegación de esta en los asuntos que requieran
una decisión urgente. En todo caso deberá dar cuenta a la Junta Directiva de sus acuerdos
que serán inmediatamente ejecutivos.
BOCM-20240812-25
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA REAL FEDERACIÓN
DE FÚTBOL DE MADRID
Pág. 120
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre,
por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de
la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 54 de los estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su
inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos de la Real Federación de
Fútbol de Madrid en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de julio de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, P. D. F. (Resolución de 10 de julio de 2024), el Subdirector General de Estudios y Formación Deportiva,
Ricardo Echeita Sarrionandia.
ANEXO
Artículo 54
1. El Comité Ejecutivo actuará con las mismas funciones y facultades que corresponden a la Junta Directiva en nombre y por delegación de esta en los asuntos que requieran
una decisión urgente. En todo caso deberá dar cuenta a la Junta Directiva de sus acuerdos
que serán inmediatamente ejecutivos.
BOCM-20240812-25
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA REAL FEDERACIÓN
DE FÚTBOL DE MADRID