D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240812-10)
Convenio – Convenio de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR de CC. OO.) en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid para la realización de actuaciones que contribuyan a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid en los años 2024-2025
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BOCM
Pág. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
Séptimo
En el ámbito laboral, sindical-empresarial esta posición privilegiada corresponde, entre otros, a USMR CC. OO. organización sindical y territorial sin ánimo de lucro que ostenta la condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social precisamente por ser más
representativa de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical.
Octavo
De conformidad con el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de
subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario
para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en
todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. En este sentido,
la Orden de 21 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo aprueba el plan estratégico de subvenciones para la realización, por parte de CEIM-Confederación Empresarial Madrid-CEOE, Comisiones Obreras Madrid (CC. OO.) y Unión General
de Trabajadoras y Trabajadores de Madrid (UGT), en su condición de miembros del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, de actuaciones que contribuyan al
desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid, en los años 2024 y 2025, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 5 de abril de 2024.
En virtud de ello, y para la realización de las referidas actuaciones, la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid suscribirá el presente convenio
con USMR CC. OO., que tendrá por objeto instrumentar la concesión de una subvención a
favor de la citada organización sindical para promover la realización de actuaciones que
contribuyan al desarrollo económico y social de la Comunidad. Todo ello de conformidad
con lo establecido en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En conformidad con lo expuesto ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio,
de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión de una subvención a
USMR CC. OO., con NIF G-78092525 al amparo de lo establecido en el artículo 4.5.c) 3.o
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siéndole de
aplicación lo establecido en dicho texto legal, así como los preceptos de carácter básico
contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por medio del presente convenio se definen los términos del objeto de la subvención
que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
concede a USMR CC. OO., en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social
de la Comunidad de Madrid, a fin de promover su aportación y asistencia para el crecimiento e impulso del empleo y la formación, la protección social y otras políticas públicas que
contribuyan al progreso del desarrollo económico y social de la región.
La subvención tendrá por objeto promover la realización de actuaciones de USMR
CC. OO. Madrid, que en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social de la
Comunidad de Madrid, se coloca, por la labor desempeñada en las diferentes reuniones del
Pleno, la Comisión Delegada y las diferentes Mesas en una posición privilegiada para la
realización de tareas de asesoramiento, información, sensibilización y divulgación de aspectos de la política económica y social a llevar a cabo por la Administración Regional en
el ejercicio de sus competencias asumidas y cumplimiento de los objetivos de fomento de
desarrollo económico y social de la región madrileña.
BOCM-20240812-10
Objeto del convenio
Pág. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
Séptimo
En el ámbito laboral, sindical-empresarial esta posición privilegiada corresponde, entre otros, a USMR CC. OO. organización sindical y territorial sin ánimo de lucro que ostenta la condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social precisamente por ser más
representativa de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical.
Octavo
De conformidad con el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de
subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario
para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en
todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. En este sentido,
la Orden de 21 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo aprueba el plan estratégico de subvenciones para la realización, por parte de CEIM-Confederación Empresarial Madrid-CEOE, Comisiones Obreras Madrid (CC. OO.) y Unión General
de Trabajadoras y Trabajadores de Madrid (UGT), en su condición de miembros del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, de actuaciones que contribuyan al
desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid, en los años 2024 y 2025, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 5 de abril de 2024.
En virtud de ello, y para la realización de las referidas actuaciones, la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid suscribirá el presente convenio
con USMR CC. OO., que tendrá por objeto instrumentar la concesión de una subvención a
favor de la citada organización sindical para promover la realización de actuaciones que
contribuyan al desarrollo económico y social de la Comunidad. Todo ello de conformidad
con lo establecido en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En conformidad con lo expuesto ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio,
de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión de una subvención a
USMR CC. OO., con NIF G-78092525 al amparo de lo establecido en el artículo 4.5.c) 3.o
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siéndole de
aplicación lo establecido en dicho texto legal, así como los preceptos de carácter básico
contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por medio del presente convenio se definen los términos del objeto de la subvención
que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
concede a USMR CC. OO., en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social
de la Comunidad de Madrid, a fin de promover su aportación y asistencia para el crecimiento e impulso del empleo y la formación, la protección social y otras políticas públicas que
contribuyan al progreso del desarrollo económico y social de la región.
La subvención tendrá por objeto promover la realización de actuaciones de USMR
CC. OO. Madrid, que en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social de la
Comunidad de Madrid, se coloca, por la labor desempeñada en las diferentes reuniones del
Pleno, la Comisión Delegada y las diferentes Mesas en una posición privilegiada para la
realización de tareas de asesoramiento, información, sensibilización y divulgación de aspectos de la política económica y social a llevar a cabo por la Administración Regional en
el ejercicio de sus competencias asumidas y cumplimiento de los objetivos de fomento de
desarrollo económico y social de la región madrileña.
BOCM-20240812-10
Objeto del convenio