D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240812-11)
Convenio – Convenio de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de UGT en Madrid, en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones que contribuyan a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid en los años 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
11
CONVENIO de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo) y la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de UGT en Madrid, en su condición de miembro del Consejo para el
Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones
que contribuyan a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid en los años 2024-2025.
En Madrid, a 21 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid; así como por la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Valentín Nieva Martín, con DNI ***6675**-A, como Secretario de
Administración, según lo dispuesto en la copia de Escritura de elevación a público de los
Acuerdos (Poder) otorgada por Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de UGT en
Madrid (en adelante, UGT Madrid), autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Madrid
D. Joaquín M. Rovira Perea el día 28 de julio de 2022, con el número 1303 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y
EXPONEN
La Comunidad de Madrid tiene, según el artículo 26.3.1.1 del propio Estatuto de
Autonomía, la competencia exclusiva sobre la ordenación y planificación de la actividad económica regional. En el ejercicio de dicha competencia, según el apartado 2 del
citado precepto, le corresponde la potestad legislativa, reglamentaria y la función ejecutiva, que se ejercerán respetando lo dispuesto en la Constitución Española, así como la
planificación de la actividad económica general en el desempeño de las competencias
asumidas. Dichas competencias se ejercen a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a la que corresponde el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno en materias tales como la planificación
económica, fomento del desarrollo económico, el empleo, autoempleo, economía social
y responsabilidad social de las empresas, entre otras, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así como en Decreto 230/2023 de 6 septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Segundo
Dentro de este marco competencial, el Gobierno de la Comunidad de Madrid tiene
entre sus prioridades fomentar su desarrollo económico y social. Para ello se considera
BOCM-20240812-11
Primero
B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
11
CONVENIO de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo) y la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de UGT en Madrid, en su condición de miembro del Consejo para el
Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones
que contribuyan a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid en los años 2024-2025.
En Madrid, a 21 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid; así como por la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Valentín Nieva Martín, con DNI ***6675**-A, como Secretario de
Administración, según lo dispuesto en la copia de Escritura de elevación a público de los
Acuerdos (Poder) otorgada por Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de UGT en
Madrid (en adelante, UGT Madrid), autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Madrid
D. Joaquín M. Rovira Perea el día 28 de julio de 2022, con el número 1303 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y
EXPONEN
La Comunidad de Madrid tiene, según el artículo 26.3.1.1 del propio Estatuto de
Autonomía, la competencia exclusiva sobre la ordenación y planificación de la actividad económica regional. En el ejercicio de dicha competencia, según el apartado 2 del
citado precepto, le corresponde la potestad legislativa, reglamentaria y la función ejecutiva, que se ejercerán respetando lo dispuesto en la Constitución Española, así como la
planificación de la actividad económica general en el desempeño de las competencias
asumidas. Dichas competencias se ejercen a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a la que corresponde el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno en materias tales como la planificación
económica, fomento del desarrollo económico, el empleo, autoempleo, economía social
y responsabilidad social de las empresas, entre otras, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así como en Decreto 230/2023 de 6 septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Segundo
Dentro de este marco competencial, el Gobierno de la Comunidad de Madrid tiene
entre sus prioridades fomentar su desarrollo económico y social. Para ello se considera
BOCM-20240812-11
Primero