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Convenio –  Adenda segunda de 24 de julio de 2024, de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center for Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura china en centros educativos de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 191

LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 95

CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la adenda
La presente adenda tiene por objeto la prórroga mediante una segunda adenda del convenio de 2 de noviembre de 2022, de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center For Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura China en
centros educativos de la Comunidad de Madrid, ya prorrogado por la primera adenda de fecha 20 de julio de 2023, estableciéndose los términos de la cláusula tercera para su aplicación durante el curso 2024-2025.
Segunda
Cláusula tercera del convenio
Se prorroga el convenio de 2 de noviembre de 2022, aplicándose la cláusula tercera,
puntos 2 y 3, en el curso 2024-2025, en los siguientes términos:
“2. La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades se compromete a aportar
al Center for Language Education and Cooperation, la cantidad de cuarenta y ocho mil
euros (48.000 euros) con cargo al programa 322B, al subconcepto 22809 del presupuesto
de gastos correspondiente a los ejercicios económicos 2024 y 2025 imputándose 18.000,00
euros al ejercicio 2024 y 30.000,00 euros al ejercicio 2025. Estas cantidades se destinarán a contribuir al sostenimiento del programa de lengua y cultura china.
En el supuesto de que la fecha de finalización de la tramitación de esta adenda, imposibilitara tramitar en fecha el primer libramiento previsto en el apartado 3.a) de esta cláusula tercera, la aportación económica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se hará efectiva en un único libramiento de 48.000 euros en el mes de junio de 2025.
3. La aportación económica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
se hará efectiva en dos libramientos a Chinese Proficiency Test Spain Committee SL, en representación del Center for Language Education and Cooperation:
a) El primer libramiento de 18.000,00 euros se realizará en el mes de diciembre de 2024,
previa presentación de los siguientes documentos:
— Certificado de la comisión mixta sobre el cumplimiento de la programación, a la
vista de los datos académicos de los becarios responsables de las actividades.
— Justificantes de los gastos realizados a los que se refiere el apartado 1 de la
cláusula tercera de este convenio.
b) El segundo libramiento, de 30.000,00 euros se efectuará en el mes de junio de 2025,
previo informe favorable de la comisión de seguimiento en el que de forma expresa se haga constar el cumplimiento de la finalidad para la que se firmó el convenio.
A tal efecto, la representación del Center for Language Education and Cooperation,
enviará a la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y
Régimen Especial antes del 1 de junio de 2025 la documentación siguiente:
— Certificado de la comisión mixta sobre el cumplimiento de la programación, a la
vista de los datos académicos de los becarios responsables de las actividades.
— Justificante de los gastos realizados a los que se refiere el apartado 1 de la
cláusula tercera de este convenio”.
Tercera
En virtud de esta segunda adenda el Convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de
agosto de 2025 manteniéndose, en todo lo demás, lo previsto en la cláusula sexta.
Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben por duplicado la presente adenda,
en las lenguas española y china, en el lugar y fecha señalados al comienzo.
Madrid, a 24 de julio de 2024.—La Subdirectora General del Center for Language
Education and Cooperation, Jing Wei.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
Emilio Viciana Duro.
(03/12.667/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240812-14

Prórroga de la vigencia del convenio