D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240812-13)
Convenio –  Adenda de 23 de julio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Fundación MAPFRE para desarrollar el Programa Educativo “Aprendiendo Juntos a Salvar Vidas”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 191

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
13

ADENDA de 23 de julio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Fundación MAPFRE para desarrollar el Programa Educativo “Aprendiendo Juntos a Salvar Vidas”.
REUNIDOS

De una parte, D. Emilio Viciana Duro, en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud del nombramiento
aprobado por el Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, y conforme a la atribución de competencias que le otorga el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de
Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Antonio Guzmán Córdoba, en nombre y representación de Fundación MAPFRE con C.I.F. G28520443 y domicilio en P.o de Recoletos, 23, 28004 Madrid,
ostentando poderes suficientes para suscribir la presente adenda.
Las partes, en el carácter con que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para suscribir la presente adenda de prórroga del convenio anteriormente
mencionado (en adelante la adenda), a cuyo efecto
EXPONEN
Primero
Con fecha 5 de agosto de 2023 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Fundación
MAPFRE para desarrollar el programa educativo “Aprendiendo juntos a salvar vidas”.
Segundo
De conformidad con la cláusula décimo tercera del convenio, este tiene una vigencia de
un año. Durante los tres meses previos a su fecha de finalización, las partes revisarán los resultados del convenio y de las concretas acciones de colaboración llevadas a cabo entre ambas partes, y determinarán conjuntamente si el mismo ha de ser prorrogado o modificado. No
se entenderá que el mismo ha sido prorrogado sin el previo, expreso y escrito consentimiento de todas las partes.
Tercero
Dado el alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de sus objetivos en un
marco de máxima cooperación mutua, y a la vista de la gran aceptación de esta iniciativa
por parte del colectivo docente, las partes firmantes de esta adenda han manifestado su voluntad de prorrogar el convenio por un nuevo periodo de un año, al objeto de continuar desarrollando de la forma más eficaz posible las actuaciones objeto del convenio.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes

BOCM-20240812-13

Cuarto