Valdemaqueda (BOCM-20240812-50)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
VALDEMAQUEDA
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20240812-50
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que se procederá por el Pleno del Ayuntamiento de Valdemaqueda a proponer a la Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el nombramiento del cargo de juez
de paz titular y su sustituto.
Que está previsto que en el mes de octubre de 2024 quede vacante el cargo de juez de
paz de este municipio, sin que exista sustituto del mismo.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas
juez de paz, titular y sustituto del municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a la Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el registro de entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración,
etcétera.
Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los
Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del
partido o Juzgado Decano.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Valdemaqueda, a 1 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses
Cabrero.
(03/12.840/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
VALDEMAQUEDA
OTROS ANUNCIOS
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En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que se procederá por el Pleno del Ayuntamiento de Valdemaqueda a proponer a la Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el nombramiento del cargo de juez
de paz titular y su sustituto.
Que está previsto que en el mes de octubre de 2024 quede vacante el cargo de juez de
paz de este municipio, sin que exista sustituto del mismo.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas
juez de paz, titular y sustituto del municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a la Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el registro de entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración,
etcétera.
Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los
Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del
partido o Juzgado Decano.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Valdemaqueda, a 1 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses
Cabrero.
(03/12.840/24)
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ISSN 1989-4791