D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240810-10)
Convenio – Convenio de 18 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Voleibol, para el desarrollo de la novena edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 190
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
10
CONVENIO de 18 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Voleibol, para el desarrollo de la novena edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”.
En Madrid, a 18 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Felipe Pascual Bernáldez, Presidente de la Federación Madrileña de
Voleibol.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; de lo establecido en el Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid; el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en virtud de su nombramiento como Consejero de Cultura, Turismo y Deporte por
Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Voleibol, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 27, en calidad de Presidente de la misma en virtud de su nombramiento, efectuado con fecha 11 de marzo de 2024 y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en sus Estatutos Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, “la efectiva integración de la educación física y el deporte en el sistema educativo”, “la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos
los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos” y “la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre éstas y la organización deportiva privada”. Además, el artículo 15 prevé que “La Comunidad de Madrid, en
coordinación y cooperación con los municipios u otras entidades, promoverá la difusión de
la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas
específicos”.
Como consecuencia de lo anterior, el artículo 21.3.d) del citado texto legal, establece
la posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus
objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y
estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes
convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
II. Que, de conformidad con el artículo 11 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre,
la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias para “el impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como en categorías inferiores”, así como para la
BOCM-20240810-10
EXPONEN
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SÁBADO 10 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 190
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
10
CONVENIO de 18 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Voleibol, para el desarrollo de la novena edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”.
En Madrid, a 18 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Felipe Pascual Bernáldez, Presidente de la Federación Madrileña de
Voleibol.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; de lo establecido en el Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid; el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en virtud de su nombramiento como Consejero de Cultura, Turismo y Deporte por
Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Voleibol, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 27, en calidad de Presidente de la misma en virtud de su nombramiento, efectuado con fecha 11 de marzo de 2024 y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en sus Estatutos Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, “la efectiva integración de la educación física y el deporte en el sistema educativo”, “la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos
los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos” y “la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre éstas y la organización deportiva privada”. Además, el artículo 15 prevé que “La Comunidad de Madrid, en
coordinación y cooperación con los municipios u otras entidades, promoverá la difusión de
la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas
específicos”.
Como consecuencia de lo anterior, el artículo 21.3.d) del citado texto legal, establece
la posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus
objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y
estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes
convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
II. Que, de conformidad con el artículo 11 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre,
la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias para “el impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como en categorías inferiores”, así como para la
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