Cercedilla (BOCM-20240809-79)
Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 279
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240809-79
Habiendo sido aprobados por decreto de Alcaldía el 16 de julio de 2024, se encuentran
expuestos al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, los padrones cobratorios de:
— Tasa de basura ejercicio 2024.
— Tasa de reserva entrada de vehículos (vados) ejercicio 2024.
— Impuesto de actividades económicas ejercicio 2024.
— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica ejercicio 2024.
El plazo de exposición será de veinte hábiles desde el día siguiente a la publicación de
este anuncio.
Comenzará el inicio de pago en período voluntario el 1 de septiembre de 2024 hasta
el 31 de octubre de 2024, ambos inclusive. Los recibos se encontrarán al cobro, en período
voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades: BBVA, Santander y
en la sede electrónica www.cercedilla.es y en las oficinas de Correos mediante el pago de
la contraprestación exigida por esa empresa por prestar el servicio.
Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda,
determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los
intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley General Tributaria.
Contra los datos del padrón expuesto, podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del
día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.
Cercedilla, a 31 de julio de 2024.—El alcalde, David José Martín Molpeceres.
(01/12.741/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 279
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240809-79
Habiendo sido aprobados por decreto de Alcaldía el 16 de julio de 2024, se encuentran
expuestos al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, los padrones cobratorios de:
— Tasa de basura ejercicio 2024.
— Tasa de reserva entrada de vehículos (vados) ejercicio 2024.
— Impuesto de actividades económicas ejercicio 2024.
— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica ejercicio 2024.
El plazo de exposición será de veinte hábiles desde el día siguiente a la publicación de
este anuncio.
Comenzará el inicio de pago en período voluntario el 1 de septiembre de 2024 hasta
el 31 de octubre de 2024, ambos inclusive. Los recibos se encontrarán al cobro, en período
voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades: BBVA, Santander y
en la sede electrónica www.cercedilla.es y en las oficinas de Correos mediante el pago de
la contraprestación exigida por esa empresa por prestar el servicio.
Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda,
determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los
intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley General Tributaria.
Contra los datos del padrón expuesto, podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del
día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.
Cercedilla, a 31 de julio de 2024.—El alcalde, David José Martín Molpeceres.
(01/12.741/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791