Brunete (BOCM-20240809-78)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
BRUNETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240809-78
El Pleno del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 30 de julio de 2024,
acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de
la tasa de recogida domiciliaria de basuras, envases y residuos sólidos urbanos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, y del Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de
la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieren presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Brunete, a 31 de julio de 2024.—La alcaldesa, María del Mar Nicolás Robledano.
(03/12.718/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 278
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VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
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78
BRUNETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240809-78
El Pleno del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 30 de julio de 2024,
acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de
la tasa de recogida domiciliaria de basuras, envases y residuos sólidos urbanos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, y del Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de
la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieren presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Brunete, a 31 de julio de 2024.—La alcaldesa, María del Mar Nicolás Robledano.
(03/12.718/24)
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