D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240809-66)
Convenio – Convenio de 23 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Deportes para Discapacitados Intelectuales para el desarrollo del Programa “Activa tu capacidad” 2024-2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 262
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
El encargado del tratamiento está obligado a informar al responsable de cualquier cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación de 1 un
mes, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
Decimotercera
Responsabilidad
BOCM-20240809-66
El encargado será considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine los
datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de este
convenio, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
Para el cumplimiento del objeto del convenio suscrito no se requiere que el encargado
acceda a ningún otro dato personal responsabilidad del responsable del tratamiento y, en
consecuencia, no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que
no sean los especificados en dicho texto convencional. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del convenio que conllevará un acceso accidental o incidental a esos datos personales, el encargado deberá ponerlo en conocimiento del responsable, en concreto
de su Delegado de Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo
de 24 horas.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.
(03/12.449/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 262
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
El encargado del tratamiento está obligado a informar al responsable de cualquier cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación de 1 un
mes, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
Decimotercera
Responsabilidad
BOCM-20240809-66
El encargado será considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine los
datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de este
convenio, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
Para el cumplimiento del objeto del convenio suscrito no se requiere que el encargado
acceda a ningún otro dato personal responsabilidad del responsable del tratamiento y, en
consecuencia, no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que
no sean los especificados en dicho texto convencional. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del convenio que conllevará un acceso accidental o incidental a esos datos personales, el encargado deberá ponerlo en conocimiento del responsable, en concreto
de su Delegado de Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo
de 24 horas.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.
(03/12.449/24)
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ISSN 1989-4791