Navas del Rey (BOCM-20240808-74)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 188
JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 1029
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno, de 28 de junio de 2024, de la entidad de Navas del Rey, por el que se
aprueba definitivamente la modificación de créditos número 08/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo a remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión
del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS
AUMENTOS EN EUROS
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios
238.900
Capítulo 4. Transferencias de Capital
3.000
Capítulo 6. Inversiones Reale:
80.000
Total
321.900
Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de Tesorería en los siguientes términos:
SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS
APLICACIÓN: ECONÓMICA
CAP.
ART.
CONC.
8
87
00
DESCRIPCIÓN
EUROS
REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES
TOTAL INGRESOS
321.900
BOCM-20240808-74
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
En Navas del Rey, a 29 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/12.574/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
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NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno, de 28 de junio de 2024, de la entidad de Navas del Rey, por el que se
aprueba definitivamente la modificación de créditos número 08/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo a remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión
del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS
AUMENTOS EN EUROS
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios
238.900
Capítulo 4. Transferencias de Capital
3.000
Capítulo 6. Inversiones Reale:
80.000
Total
321.900
Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de Tesorería en los siguientes términos:
SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS
APLICACIÓN: ECONÓMICA
CAP.
ART.
CONC.
8
87
00
DESCRIPCIÓN
EUROS
REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES
TOTAL INGRESOS
321.900
BOCM-20240808-74
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
En Navas del Rey, a 29 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/12.574/24)
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ISSN 1989-4791