Fuenlabrada (BOCM-20240808-46)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 994

JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 188

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46

FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de
julio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria
en la modalidad de suplemento de crédito número 2024/MCA_01/000037, financiado con
bajas de crédito, por importe de 3.097.446,49 euros, habiendo sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 161, de fecha 8 de julio de 2024.
No habiendo sido presentada reclamación alguna durante el plazo de exposición al público, el citado acuerdo queda elevado a definitivo y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 y 3 del TRLRHL, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se hace público el resumen por capítulos del presupuesto tras la modificación aprobada:
CAPÍTULO GASTOS

CONSIGNACIÓN
ANTERIOR

ALTA

BAJA

CONSIGNACIÓN
FINAL

II. GASTOS CTES EN BIENES Y SCIOS

77.872.216,96

0,00

13.310,00

77.858.906,96

VI. INVERSIONES REALES

92.895.375,07

2.797.446,49

3.046.690,00

92.646.131,56

3.397.631,24

300.000,00

37.446,49

3.660.184,75

VII. TRASFERENCIAS CAPITAL

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro
que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.

BOCM-20240808-46

En Fuenlabrada, a 7 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.
(03/13.053/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791