D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240808-34)
Convenio – Convenio de 17 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Bádminton, para el desarrollo de la novena edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 167
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
34
CONVENIO de 17 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de
Bádminton, para el desarrollo de la novena edición del Programa “Institutos
Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”.
En Madrid, a 17 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Ernesto Baschwitz Mira, Presidente de la Federación Madrileña de
Bádminton.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y en la Orden 1389/2021, del 16 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,
y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Bádminton, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 51,
en calidad de Presidente de la misma en virtud de su nombramiento, efectuado con fecha 29
de diciembre de 2020 y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en sus Estatutos
Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, “la efectiva integración de la educación física y el deporte en el sistema educativo”, “la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos
los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos” y “la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre estas y la organización deportiva privada”. Además, el artículo 15 prevé que “La Comunidad de Madrid, en
coordinación y cooperación con los municipios u otras entidades, promoverá la difusión de
la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas
específicos”.
Como consecuencia de lo anterior el artículo 21.3.d) del citado texto legal establece la
posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes
convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
BOCM-20240808-34
EXPONEN
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Pág. 167
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34
CONVENIO de 17 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de
Bádminton, para el desarrollo de la novena edición del Programa “Institutos
Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”.
En Madrid, a 17 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Ernesto Baschwitz Mira, Presidente de la Federación Madrileña de
Bádminton.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y en la Orden 1389/2021, del 16 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,
y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Bádminton, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 51,
en calidad de Presidente de la misma en virtud de su nombramiento, efectuado con fecha 29
de diciembre de 2020 y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en sus Estatutos
Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, “la efectiva integración de la educación física y el deporte en el sistema educativo”, “la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos
los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos” y “la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre estas y la organización deportiva privada”. Además, el artículo 15 prevé que “La Comunidad de Madrid, en
coordinación y cooperación con los municipios u otras entidades, promoverá la difusión de
la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas
específicos”.
Como consecuencia de lo anterior el artículo 21.3.d) del citado texto legal establece la
posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes
convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
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