D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240807-16)
Permiso de investigación – Acuerdo de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por el que se declara la admisión definitiva a trámite del Permiso de Investigación denominado “Cibeles Oeste”, número D-3484-010, para recursos de la sección D) Recursos geotérmicos, de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, de 80 cuadrículas mineras afectando a los términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos, promovido por Technology Metals Europe, S. L., con NIF B67719443, y se somete a información pública su plan de restauración (Referencia: 14-0167-00070.1/2022)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 187
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ACUERDO de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por el que se declara la admisión definitiva a trámite del
Permiso de Investigación denominado “Cibeles Oeste”, número D-3484-010,
para recursos de la sección D) Recursos geotérmicos, de la Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, de 80 cuadrículas mineras afectando a los términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos, promovido por Technology Metals Europe, S. L., con NIF B67719443, y se somete a información pública su
plan de restauración (Referencia: 14-0167-00070.1/2022).
Con fecha 26 de octubre de 2022 (referencia: 75/068942.9/22), la entidad Technology
Metals Europe, S. L. (NIF B67719443), presenta ante esta Dirección General de Promoción
Económica e Industrial solicitud del Permiso de Investigación denominado “Cibeles Oeste” para recursos de la Sección D) Recursos geotérmicos, de la vigente Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, con una extensión de ochenta (80) cuadrículas mineras cuya superficie
afecta a los términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos, delimitadas
por las siguientes coordenadas geográficas (datum ETRS89):
VERTICE
LONGITUD (O)
LATITUD (N)
1
3° 47' 20"
40° 38' 20"
2
3° 44' 00"
40° 38' 20"
3
3° 44' 00"
40° 35' 40"
4
3° 47' 20"
40° 35' 40"
— Con fecha 22 de enero de 2023 (referencia 05/228244.9/23), el titular presenta el
Plan de Trabajos e Inversiones; Memoria Ambiental y Medidas de Protección; Estudio de Seguridad y Salud y el Plan de Restauración Ambiental del Permiso de
Investigación para geotermia denominado “Cibeles Oeste”, N.o 3484-010, en los
términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos.
— Tras requerimiento de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial (referencia 14/015147.9/23), con fecha 27 de junio de 2023 y referencia 55/758459.9/23
el titular presenta la documentación definitiva del Plan de Trabajos e Inversiones; Me-
BOCM-20240807-16
La Dirección General de Promoción Económica e Industrial, en aplicación de los artículos 51 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y 70 del Reglamento General para
el Régimen de la Minería, aprobado mediante Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, ha
acordado declarar la admisión definitiva de dicha solicitud, salvo mejor derecho, correspondiéndole el número D-3484-010 del registro minero, por lo que conforme a la vigente
normativa minera se abre el oportuno período de información pública, mediante su inserción en el tablón de anuncios de los correspondientes ayuntamientos así como la publicación del anuncio del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”, para que cuantos tengan la condición de interesados puedan personarse en el expediente hasta el límite de los quince días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
De conformidad con el artículo 104 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el
otorgamiento del permiso de investigación llevará implícita la declaración de utilidad pública a efectos de su inclusión en los apartados 1 y 2 del artículo 108 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12
de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras, se somete a información pública el correspondiente plan de restauración 30 días desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
De conformidad con el artículo antes citado, se informa de los siguientes aspectos:
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ACUERDO de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por el que se declara la admisión definitiva a trámite del
Permiso de Investigación denominado “Cibeles Oeste”, número D-3484-010,
para recursos de la sección D) Recursos geotérmicos, de la Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, de 80 cuadrículas mineras afectando a los términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos, promovido por Technology Metals Europe, S. L., con NIF B67719443, y se somete a información pública su
plan de restauración (Referencia: 14-0167-00070.1/2022).
Con fecha 26 de octubre de 2022 (referencia: 75/068942.9/22), la entidad Technology
Metals Europe, S. L. (NIF B67719443), presenta ante esta Dirección General de Promoción
Económica e Industrial solicitud del Permiso de Investigación denominado “Cibeles Oeste” para recursos de la Sección D) Recursos geotérmicos, de la vigente Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, con una extensión de ochenta (80) cuadrículas mineras cuya superficie
afecta a los términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos, delimitadas
por las siguientes coordenadas geográficas (datum ETRS89):
VERTICE
LONGITUD (O)
LATITUD (N)
1
3° 47' 20"
40° 38' 20"
2
3° 44' 00"
40° 38' 20"
3
3° 44' 00"
40° 35' 40"
4
3° 47' 20"
40° 35' 40"
— Con fecha 22 de enero de 2023 (referencia 05/228244.9/23), el titular presenta el
Plan de Trabajos e Inversiones; Memoria Ambiental y Medidas de Protección; Estudio de Seguridad y Salud y el Plan de Restauración Ambiental del Permiso de
Investigación para geotermia denominado “Cibeles Oeste”, N.o 3484-010, en los
términos municipales de Colmenar Viejo, Madrid y Tres Cantos.
— Tras requerimiento de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial (referencia 14/015147.9/23), con fecha 27 de junio de 2023 y referencia 55/758459.9/23
el titular presenta la documentación definitiva del Plan de Trabajos e Inversiones; Me-
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La Dirección General de Promoción Económica e Industrial, en aplicación de los artículos 51 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y 70 del Reglamento General para
el Régimen de la Minería, aprobado mediante Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, ha
acordado declarar la admisión definitiva de dicha solicitud, salvo mejor derecho, correspondiéndole el número D-3484-010 del registro minero, por lo que conforme a la vigente
normativa minera se abre el oportuno período de información pública, mediante su inserción en el tablón de anuncios de los correspondientes ayuntamientos así como la publicación del anuncio del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”, para que cuantos tengan la condición de interesados puedan personarse en el expediente hasta el límite de los quince días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
De conformidad con el artículo 104 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el
otorgamiento del permiso de investigación llevará implícita la declaración de utilidad pública a efectos de su inclusión en los apartados 1 y 2 del artículo 108 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12
de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras, se somete a información pública el correspondiente plan de restauración 30 días desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
De conformidad con el artículo antes citado, se informa de los siguientes aspectos: