C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240806-11)
Instrucciones gestión nóminas – Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 110
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 186
4.2.- POR EL NÚMERO DE TARJETAS SANITARIAS ATENDIDAS (T.S.A.)
4.2.1.- POR TARJETA SANITARIA ATENDIDA EN CENTROS DE SALUD (T.S.A.)(*)
Se aplica en Centros de Salud en que la población atendida supere el 85% de la población asignada (1).
ENFERMERO/A DE A.P. Y
ENFERMERO/A DE CCA
T.C.A.E., GRUPO AUXILIAR
ADMINISTRATIVO Y CELADOR/A(2)
Menos de 2
años
De 2 y 3 años
De 4 a 6 años
De 7 a 13 años
De 14 a 49
años
De 50 a 64
años
De 65 a 79
años
De 80 años
en adelante
0,420591
0,315443
0,262869
0,157722
0,105148
0,157722
0,315443
0,420591
Menos de 2
años
De 2 y 3 años
De 4 a 6 años
De 7 a 13 años
De 14 a 49
años
De 50 a 64
años
De 65 a 79
años
De 80 años
en adelante
0,398860
0,299145
0,249287
0,149573
0,099715
0,149573
0,299145
0,398860
(1) En los CCA la condición se aplica sobre la población correspondiente a los Centros de Salud a los que dan cobertura.
(2) Las categorías Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.), Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa y Celador/a al no
contar con población asignada, se les asignará la población de los Médicos de Familia del Centro de Salud.
(*) El pago tendrá carácter trimestral, por trimestres
vencidos.
4.2.2.- POR TARJETA SANITARIA ATENDIDA EN UNIDADES DE ATENCIÓN ESPECÍFICA DE A.P. (T.S.A.)(*)
Se aplica en Unidades de atención específica de atención primaria siempre que la población atendida a nivel unidad funcional supere el 85% de la población asignada.
ODONTÓLOGO/A
TÉCNICO SUPERIOR
ESPECIALISTA
EN HIGIENE BUCODENTAL /
T.C.A.E.
EN UNIDADES DE SALUD
BUCODENTAL USBD (1)
ENFERMERO/A ESPECIALISTA
OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICO
(MATRONA)
FISIOTERAPEUTA
T.C.A.E EN UNIDADES DE
FISIOTERAPIA (2)
TRABAJADOR/A SOCIAL
Menos de 7
años
De 7 a 49 años
A partir de 50
años
0,274309
0,685774
0,411463
Menos de 7
años
De 7 a 49 años
A partir de 50
años
0,098751
0,246878
0,148127
Menores de
14 años
De 14 a 49 años
De 50 A 64
años
A partir de 65
años
0,104132
0,312395
0,260330
0,156198
Menores de
14 años
De 14 a 64 años
A partir de 65
años
0,104132
0,260330
0,364461
Menores de
14 años
De 14 a 64 años
A partir de 65
años
0,098751
0,246878
0,345630
Menos de 50
años
A partir de 50
años
0,156198
0,208264
(1) Las categorías de Técnico Superior Especialista en Higiene Bucodental y Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) en unidades de
salud bucodental USBD al no tener población asignada se les computará la población atendida por odontólogos de su unidad funcional.
(2) La categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) en unidades de fisioterapia, al no contar con población asignada, se les
asignará la población atendida por fisioterapeutas de su unidad funcional.
(*) El pago tendrá carácter trimestral, por trimestres
vencidos.
4.3.- POR ATENCIÓN DOMICILIARIA DE ENFERMERÍA (*)
Se aplica en Centros de Salud que superen el 85% de población atendida y realicen atención en domicilio.
Población atendida en domicilio por cada Centro de Salud dentro del año
Coeficiente
4,1990
BOCM-20240806-11
(*) El pago tendrá carácter trimestral.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 110
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 186
4.2.- POR EL NÚMERO DE TARJETAS SANITARIAS ATENDIDAS (T.S.A.)
4.2.1.- POR TARJETA SANITARIA ATENDIDA EN CENTROS DE SALUD (T.S.A.)(*)
Se aplica en Centros de Salud en que la población atendida supere el 85% de la población asignada (1).
ENFERMERO/A DE A.P. Y
ENFERMERO/A DE CCA
T.C.A.E., GRUPO AUXILIAR
ADMINISTRATIVO Y CELADOR/A(2)
Menos de 2
años
De 2 y 3 años
De 4 a 6 años
De 7 a 13 años
De 14 a 49
años
De 50 a 64
años
De 65 a 79
años
De 80 años
en adelante
0,420591
0,315443
0,262869
0,157722
0,105148
0,157722
0,315443
0,420591
Menos de 2
años
De 2 y 3 años
De 4 a 6 años
De 7 a 13 años
De 14 a 49
años
De 50 a 64
años
De 65 a 79
años
De 80 años
en adelante
0,398860
0,299145
0,249287
0,149573
0,099715
0,149573
0,299145
0,398860
(1) En los CCA la condición se aplica sobre la población correspondiente a los Centros de Salud a los que dan cobertura.
(2) Las categorías Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.), Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa y Celador/a al no
contar con población asignada, se les asignará la población de los Médicos de Familia del Centro de Salud.
(*) El pago tendrá carácter trimestral, por trimestres
vencidos.
4.2.2.- POR TARJETA SANITARIA ATENDIDA EN UNIDADES DE ATENCIÓN ESPECÍFICA DE A.P. (T.S.A.)(*)
Se aplica en Unidades de atención específica de atención primaria siempre que la población atendida a nivel unidad funcional supere el 85% de la población asignada.
ODONTÓLOGO/A
TÉCNICO SUPERIOR
ESPECIALISTA
EN HIGIENE BUCODENTAL /
T.C.A.E.
EN UNIDADES DE SALUD
BUCODENTAL USBD (1)
ENFERMERO/A ESPECIALISTA
OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICO
(MATRONA)
FISIOTERAPEUTA
T.C.A.E EN UNIDADES DE
FISIOTERAPIA (2)
TRABAJADOR/A SOCIAL
Menos de 7
años
De 7 a 49 años
A partir de 50
años
0,274309
0,685774
0,411463
Menos de 7
años
De 7 a 49 años
A partir de 50
años
0,098751
0,246878
0,148127
Menores de
14 años
De 14 a 49 años
De 50 A 64
años
A partir de 65
años
0,104132
0,312395
0,260330
0,156198
Menores de
14 años
De 14 a 64 años
A partir de 65
años
0,104132
0,260330
0,364461
Menores de
14 años
De 14 a 64 años
A partir de 65
años
0,098751
0,246878
0,345630
Menos de 50
años
A partir de 50
años
0,156198
0,208264
(1) Las categorías de Técnico Superior Especialista en Higiene Bucodental y Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) en unidades de
salud bucodental USBD al no tener población asignada se les computará la población atendida por odontólogos de su unidad funcional.
(2) La categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (T.C.A.E.) en unidades de fisioterapia, al no contar con población asignada, se les
asignará la población atendida por fisioterapeutas de su unidad funcional.
(*) El pago tendrá carácter trimestral, por trimestres
vencidos.
4.3.- POR ATENCIÓN DOMICILIARIA DE ENFERMERÍA (*)
Se aplica en Centros de Salud que superen el 85% de población atendida y realicen atención en domicilio.
Población atendida en domicilio por cada Centro de Salud dentro del año
Coeficiente
4,1990
BOCM-20240806-11
(*) El pago tendrá carácter trimestral.