C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240806-12)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba una convocatoria extraordinaria de subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de empleo-formación para la Activación Profesional y del programa público de empleo-formación para la Activación Profesional destinado a revertir el despoblamiento en los municipios rurales
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 186
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
12
EXTRACTO de la Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se aprueba una convocatoria extraordinaria
de subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de
empleo-formación para la Activación Profesional y del programa público de
empleo-formación para la Activación Profesional destinado a revertir el despoblamiento en los municipios rurales.
BDNS (Identif.): 777873
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que aprueba una convocatoria extraordinaria de subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de empleo-formación para la Activación Profesional y del programa público de empleo-formación para
la Activación Profesional destinado a revertir el despoblamiento en los municipios rurales,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ).
Primero
Objeto
1. Aprobar una convocatoria extraordinaria de subvenciones para el año 2024 para
aquellas entidades que no hayan resultado beneficiarias o lo hayan sido sin llegar al límite
de contrataciones establecido en la convocatoria del año 2024, para la realización del programa público de empleo-formación para la Activación Profesional.
2. El programa tiene como finalidad la mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las
competencias profesionales de los participantes cualificados en la ocupación, a través de la
realización de un período de práctica profesional, mediante la suscripción de un contrato de
trabajo con la entidad beneficiaria de la subvención, y de su formación profesional para el
empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo.
Además, a la finalización del período de prácticas se promoverá la inserción del participante en el mercado de trabajo, por medio de la orientación para la búsqueda activa de
empleo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora.
3. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a
la Seguridad Social y los costes de formación derivados de la contratación de las personas
desempleadas destinatarias del programa.
Segundo
Podrán acogerse a las ayudas del Programa público de empleo-formación para la Activación Profesional, las entidades locales de la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo,
desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquellas, cuya
titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y que cumplan uno de los
siguientes requisitos:
a) No haber concurrido a la convocatoria del año 2024, en el Programa público de
empleo-formación para la Activación Profesional.
b) Haber concurrido, pero sin haber resultado beneficiarias en la citada convocatoria.
c) Haber resultado beneficiarias sin llegar al límite de contrataciones establecido en
la referida convocatoria del año 2024, en el Programa público de empleo-formación para la Activación Profesional, conforme al anexo IV.
BOCM-20240806-12
Beneficiarios
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 186
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
12
EXTRACTO de la Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se aprueba una convocatoria extraordinaria
de subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de
empleo-formación para la Activación Profesional y del programa público de
empleo-formación para la Activación Profesional destinado a revertir el despoblamiento en los municipios rurales.
BDNS (Identif.): 777873
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que aprueba una convocatoria extraordinaria de subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de empleo-formación para la Activación Profesional y del programa público de empleo-formación para
la Activación Profesional destinado a revertir el despoblamiento en los municipios rurales,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ).
Primero
Objeto
1. Aprobar una convocatoria extraordinaria de subvenciones para el año 2024 para
aquellas entidades que no hayan resultado beneficiarias o lo hayan sido sin llegar al límite
de contrataciones establecido en la convocatoria del año 2024, para la realización del programa público de empleo-formación para la Activación Profesional.
2. El programa tiene como finalidad la mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las
competencias profesionales de los participantes cualificados en la ocupación, a través de la
realización de un período de práctica profesional, mediante la suscripción de un contrato de
trabajo con la entidad beneficiaria de la subvención, y de su formación profesional para el
empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo.
Además, a la finalización del período de prácticas se promoverá la inserción del participante en el mercado de trabajo, por medio de la orientación para la búsqueda activa de
empleo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora.
3. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a
la Seguridad Social y los costes de formación derivados de la contratación de las personas
desempleadas destinatarias del programa.
Segundo
Podrán acogerse a las ayudas del Programa público de empleo-formación para la Activación Profesional, las entidades locales de la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo,
desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquellas, cuya
titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y que cumplan uno de los
siguientes requisitos:
a) No haber concurrido a la convocatoria del año 2024, en el Programa público de
empleo-formación para la Activación Profesional.
b) Haber concurrido, pero sin haber resultado beneficiarias en la citada convocatoria.
c) Haber resultado beneficiarias sin llegar al límite de contrataciones establecido en
la referida convocatoria del año 2024, en el Programa público de empleo-formación para la Activación Profesional, conforme al anexo IV.
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Beneficiarios