D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240806-30)
Convenio – Convenio de colaboración de 16 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y la Fundación Junior Achievement España, para la puesta en marcha, en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, del programa educativo “Yo soy mi futuro” para la orientación educativa y el apoyo en la prevención del abandono escolar
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 219
A estos efectos, “información confidencial” significa cualquier información proporcionada por o relativa a este convenio, incluyendo, sin limitación, aquella relativa a datos
comerciales o técnicos, científicos, productos, procesos, clientes, proyectos, mercados y
campañas promocionales y publicitarias.
Las partes reconocen que la información recibida en el desarrollo de este convenio no
podrá ser utilizada con otra finalidad que la consecución del objeto del presente convenio.
Esta obligación de confidencialidad tiene carácter indefinido, subsistiendo tras la finalización del presente convenio independientemente de la causa, quedando obligadas las partes firmantes a no difundir la información confidencial sin el consentimiento expreso y por
escrito de cada una de ellas.
Además, cada parte se compromete a comunicar a la otra el acceso a datos producido
de forma accidental, de manera que pueda quedar registrado como incidencia si así lo valora la parte afectada.
Las partes reconocen que las obligaciones de confidencialidad acordadas en la presente cláusula lo serán sin perjuicio de aquellas otras dimanantes de la regulación en materia
de transparencia que en su caso pudiera ser de aplicación.
Undécima
Información sobre las actuaciones
En toda la documentación e información que se genere en desarrollo del presente convenio se consignará expresamente la referencia a la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades y la Fundación Junior Achievement España.
Duodécima
Derechos de propiedad intelectual e industrial
BOCM-20240806-30
En ningún caso las cláusulas del presente convenio suponen la cesión o transmisión de
cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial de titularidad de la Comunidad
de Madrid ni de la Fundación Junior Achievement España.
Todos aquellos materiales que las partes se faciliten mutuamente como consecuencia
del desarrollo del convenio, se entenderán como de propiedad exclusiva de cada una de
ellas. Por consiguiente, tanto la consejería como la Fundación se mantendrán como únicos
titulares respectivamente, de los derechos de propiedad intelectual y/o industrial correspondientes a las actividades, resultados y cualquier otro recurso activo que se lleve a cabo en
el marco del Programa objeto de colaboración en el presente convenio.
Asimismo, salvo por las autorizaciones expresamente contempladas en el presente
convenio, queda prohibida la explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación total o parcial de los contenidos o programas elaborados sin autorización escrita de ambas partes. Esta prohibición se extiende a cualquier formato o medio,
electrónico o mecánico, incluidas fotocopias, grabación o almacenamiento en un sistema de
recuperación de información.
La utilización de nombres, marcas, signos, logotipos u otros distintivos o identificaciones de cada una de las partes, o aquellos que se indiquen propiedad de las mismas, en
ningún caso se entenderá como licencia o cesión de uso o constitución de derecho alguno a
favor de la otra parte sobre dichos bienes.
Con el objeto de difundir la colaboración de las partes en el marco del convenio, la Comunidad de Madrid autoriza a la Fundación el uso de su denominación y del siguiente signo distintivo, únicamente bajo las condiciones establecidas en el presente documento:
B.O.C.M. Núm. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 219
A estos efectos, “información confidencial” significa cualquier información proporcionada por o relativa a este convenio, incluyendo, sin limitación, aquella relativa a datos
comerciales o técnicos, científicos, productos, procesos, clientes, proyectos, mercados y
campañas promocionales y publicitarias.
Las partes reconocen que la información recibida en el desarrollo de este convenio no
podrá ser utilizada con otra finalidad que la consecución del objeto del presente convenio.
Esta obligación de confidencialidad tiene carácter indefinido, subsistiendo tras la finalización del presente convenio independientemente de la causa, quedando obligadas las partes firmantes a no difundir la información confidencial sin el consentimiento expreso y por
escrito de cada una de ellas.
Además, cada parte se compromete a comunicar a la otra el acceso a datos producido
de forma accidental, de manera que pueda quedar registrado como incidencia si así lo valora la parte afectada.
Las partes reconocen que las obligaciones de confidencialidad acordadas en la presente cláusula lo serán sin perjuicio de aquellas otras dimanantes de la regulación en materia
de transparencia que en su caso pudiera ser de aplicación.
Undécima
Información sobre las actuaciones
En toda la documentación e información que se genere en desarrollo del presente convenio se consignará expresamente la referencia a la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades y la Fundación Junior Achievement España.
Duodécima
Derechos de propiedad intelectual e industrial
BOCM-20240806-30
En ningún caso las cláusulas del presente convenio suponen la cesión o transmisión de
cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial de titularidad de la Comunidad
de Madrid ni de la Fundación Junior Achievement España.
Todos aquellos materiales que las partes se faciliten mutuamente como consecuencia
del desarrollo del convenio, se entenderán como de propiedad exclusiva de cada una de
ellas. Por consiguiente, tanto la consejería como la Fundación se mantendrán como únicos
titulares respectivamente, de los derechos de propiedad intelectual y/o industrial correspondientes a las actividades, resultados y cualquier otro recurso activo que se lleve a cabo en
el marco del Programa objeto de colaboración en el presente convenio.
Asimismo, salvo por las autorizaciones expresamente contempladas en el presente
convenio, queda prohibida la explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación total o parcial de los contenidos o programas elaborados sin autorización escrita de ambas partes. Esta prohibición se extiende a cualquier formato o medio,
electrónico o mecánico, incluidas fotocopias, grabación o almacenamiento en un sistema de
recuperación de información.
La utilización de nombres, marcas, signos, logotipos u otros distintivos o identificaciones de cada una de las partes, o aquellos que se indiquen propiedad de las mismas, en
ningún caso se entenderá como licencia o cesión de uso o constitución de derecho alguno a
favor de la otra parte sobre dichos bienes.
Con el objeto de difundir la colaboración de las partes en el marco del convenio, la Comunidad de Madrid autoriza a la Fundación el uso de su denominación y del siguiente signo distintivo, únicamente bajo las condiciones establecidas en el presente documento: