Galapagar (BOCM-20240805-61)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 352
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 185
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240805-61
Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 24 de julio de 2024,
ha sido aprobada inicialmente la modificación de la base 15 del presupuesto general 2024.
La documentación del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, se halla expuesta al público en la Intervención municipal.
Los interesados que estén legitimados según lo indicado en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado, y por los motivos taxativamente enumerados en su número 2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de formulación y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
Dicho expediente se considerará definitivamente aprobado si no se presenta ninguna
reclamación contra el mismo.
En Galapagar, a 24 de julio de 2024.—La alcaldesa, Carla I. Greciano Barrado.
(03/12.367/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240805-61
Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 24 de julio de 2024,
ha sido aprobada inicialmente la modificación de la base 15 del presupuesto general 2024.
La documentación del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, se halla expuesta al público en la Intervención municipal.
Los interesados que estén legitimados según lo indicado en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado, y por los motivos taxativamente enumerados en su número 2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de formulación y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
Dicho expediente se considerará definitivamente aprobado si no se presenta ninguna
reclamación contra el mismo.
En Galapagar, a 24 de julio de 2024.—La alcaldesa, Carla I. Greciano Barrado.
(03/12.367/24)
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