B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240805-12)
Nombramiento – Orden 1086/2024, de 17 de julio, de la Consejera de Sanidad, por la que se fija el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud correspondientes a los años 2023 y 2024
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 52
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 185
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
12
ORDEN 1086/2024, de 17 de julio, de la Consejera de Sanidad, por la que se fija
el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio
Madrileño de Salud correspondientes a los años 2023 y 2024.
El Decreto 79/2009, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre), regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de personal emérito, los derechos inherentes a este reconocimiento, así como las funciones que podrá desarrollar en las instituciones
sanitarias dependientes o adscritas al Servicio Madrileño de Salud.
La disposición adicional única del referido decreto establece que el número máximo
de nombramientos de personal emérito que se podrá conceder anualmente se fijará mediante orden del titular de la Consejería competente en materia de Sanidad.
Por otra parte, la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid (artículo 40), modificó el plazo para presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud, estableciendo que
“La condición de personal emérito deberá solicitarse dentro del año natural anterior al de
causar baja por jubilación”.
La Ley entró en vigor el 22 de marzo de 2023 y estableció un período transitorio para
ese año natural, que afectaba al personal que causaba baja por jubilación dentro del año 2023,
y que excepcionalmente pudo presentar la solicitud hasta el 31 de diciembre de ese año.
Por tanto, y teniendo en cuenta que se han presentado solicitudes dentro del período
transitorio establecido por la norma, por parte de personal estatutario jubilado durante el
año 2023, y que asimismo se han presentado solicitudes conforme al nuevo plazo ordinario, por parte del personal estatutario cuya fecha de jubilación está prevista para el año 2024,
se fija de forma conjunta, a través de la presente Orden, el número máximo anual de personal emérito para los años 2023 y 2024.
En virtud de todo lo expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Número máximo total conjunto de eméritos para licenciados sanitarios
jubilados en 2023 y 2024
El Servicio Madrileño de Salud podrá nombrar como personal emérito hasta un máximo total de forma conjunta de tres licenciados sanitarios estatutarios fijos que hayan quedado en situación de jubilación durante los años 2023 y 2024, y que, reuniendo los requisitos, hayan presentado solicitud.
Efectividad
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20240805-12
Segundo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 52
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 185
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
12
ORDEN 1086/2024, de 17 de julio, de la Consejera de Sanidad, por la que se fija
el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio
Madrileño de Salud correspondientes a los años 2023 y 2024.
El Decreto 79/2009, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre), regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de personal emérito, los derechos inherentes a este reconocimiento, así como las funciones que podrá desarrollar en las instituciones
sanitarias dependientes o adscritas al Servicio Madrileño de Salud.
La disposición adicional única del referido decreto establece que el número máximo
de nombramientos de personal emérito que se podrá conceder anualmente se fijará mediante orden del titular de la Consejería competente en materia de Sanidad.
Por otra parte, la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid (artículo 40), modificó el plazo para presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud, estableciendo que
“La condición de personal emérito deberá solicitarse dentro del año natural anterior al de
causar baja por jubilación”.
La Ley entró en vigor el 22 de marzo de 2023 y estableció un período transitorio para
ese año natural, que afectaba al personal que causaba baja por jubilación dentro del año 2023,
y que excepcionalmente pudo presentar la solicitud hasta el 31 de diciembre de ese año.
Por tanto, y teniendo en cuenta que se han presentado solicitudes dentro del período
transitorio establecido por la norma, por parte de personal estatutario jubilado durante el
año 2023, y que asimismo se han presentado solicitudes conforme al nuevo plazo ordinario, por parte del personal estatutario cuya fecha de jubilación está prevista para el año 2024,
se fija de forma conjunta, a través de la presente Orden, el número máximo anual de personal emérito para los años 2023 y 2024.
En virtud de todo lo expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Número máximo total conjunto de eméritos para licenciados sanitarios
jubilados en 2023 y 2024
El Servicio Madrileño de Salud podrá nombrar como personal emérito hasta un máximo total de forma conjunta de tres licenciados sanitarios estatutarios fijos que hayan quedado en situación de jubilación durante los años 2023 y 2024, y que, reuniendo los requisitos, hayan presentado solicitud.
Efectividad
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20240805-12
Segundo