B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240805-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1903/2024, de 18 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Archivos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 185
totalidad, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de esta convocatoria, no hayan superado el proceso selectivo en su totalidad, salvo que manifiesten expresamente su
voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.
2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios
que seguidamente se indican:
— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de
mayor a menor.
— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor.
En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el segundo, y primer ejercicio del proceso selectivo, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a
continuación.
— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.8 de esta convocatoria.
Decimotercera
Recursos
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos
contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, a 18 de junio de 2024.—La Directora General de Función Pública,
por Delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17
de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María
José Esteban Raposo.
ANEXO
PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
PARA EL ACCESO AL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS
ESPECIALISTAS, ESCALA DE AYUDANTES DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS
Y MUSEOS, ESPECIALIDAD DE ARCHIVOS, DE ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. De los derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido.
Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria
y función ejecutiva.
3. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica
de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
4. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección
integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de
orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.
5. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen de
incompatibilidades. Responsabilidad de los empleados públicos. Régimen disciplinario.
BOCM-20240805-2
Temario general
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 185
totalidad, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de esta convocatoria, no hayan superado el proceso selectivo en su totalidad, salvo que manifiesten expresamente su
voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.
2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios
que seguidamente se indican:
— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de
mayor a menor.
— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor.
En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el segundo, y primer ejercicio del proceso selectivo, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a
continuación.
— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.8 de esta convocatoria.
Decimotercera
Recursos
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos
contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, a 18 de junio de 2024.—La Directora General de Función Pública,
por Delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17
de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María
José Esteban Raposo.
ANEXO
PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
PARA EL ACCESO AL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS
ESPECIALISTAS, ESCALA DE AYUDANTES DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS
Y MUSEOS, ESPECIALIDAD DE ARCHIVOS, DE ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. De los derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido.
Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria
y función ejecutiva.
3. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica
de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
4. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección
integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de
orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.
5. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen de
incompatibilidades. Responsabilidad de los empleados públicos. Régimen disciplinario.
BOCM-20240805-2
Temario general