D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240805-21)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Entidad de Formación Proyectaempleo ETT, S. L. para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024

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d) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y
Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan
tareas de gestión, control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la entidad de
formación y al pago, ambas recogidas en la cláusula quinta del convenio.
e) Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 y
del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
Cuarta
Compromisos y obligaciones de contenido económico
1. La entidad de formación Proyectaempleo ETT, S. L. realizará las actividades de información y orientación a través de medios propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro gasto que sea necesario para la consecución de
los fines recogidos en el presente convenio y que no estén cubiertos por la aportación de la
Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información del procedimiento
en su página web y en sus instalaciones o por cualquier otro medio, conforme a las reglas de
aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. La Comunidad de Madrid aportará por la participación de la entidad de formación
Proyectaempleo ETT, S. L. para el desarrollo del presente convenio, la cantidad de 72,00 euros
por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 86.400,00 euros (para una previsión de 1.200 personas inscritas y admitidas).
Serán objeto de financiación las actuaciones que se realicen en el período de vigencia
del convenio. Se incluyen como tal, las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo señalado en la cláusula octava del presente convenio, siempre que las admisiones se produzcan, como máximo, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del convenio.
3. De acuerdo al procedimiento establecido en la siguiente cláusula, el convenio
por importe máximo de 86.400,00 euros se financiará con cargo a la partida 22809 del
programa 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en cada momento, actuación financiada por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes a través del Plan de Modernización de la
Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso
de la Formación Profesional”, para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR), financiado por la Unión Europea-Next
Generation EU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado plan.
Quinta
1. La justificación de las actuaciones, se realizará mediante la presentación de una
memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada período trimestral del convenio en ejecución.
A la memoria se acompañará un listado de personas que han sido informadas y orientadas, junto con la declaración responsable firmada por la persona y sellada por la entidad
según modelo recogido en el Anexo I o documento equivalente y el justificante de presentación de la solicitud firmada por la persona que ha sido informada y orientada por la entidad de formación Proyectaempleo ETT, S. L.
2. La documentación justificativa se presentará dentro de los 10 días naturales siguientes de cada período trimestral natural a contar desde el mes correspondiente a la fecha
de vigencia del convenio, salvo que el último período sea inferior, en cuyo caso se presen-

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Justificación de las actuaciones realizadas y pago