D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240805-27)
Convenio – Convenio de 4 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Belorado, para la realización de prácticas extracurriculares de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en la Iglesia de Santa María
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 243
consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad del Ayuntamiento de Belorado en https:// https://www.aytobelorado.org
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales: La gestión de datos personales del presente
convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es
la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con
otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una
solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”. Dispone de información
complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Decimoquinta
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por la dirección de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de
Bienes Culturales y el responsable de las prácticas designado por el Ayuntamiento de Belorado o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosexta
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así
como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Decimoséptima
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula decimoquinta de este convenio,
en todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación
sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los Juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 4 de julio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director de la Escuela Superior de
Conservación y Restauración de Bienes Culturales, David Gómez Lozano.—Por el Ayuntamiento de Belorado, el Alcalde-Presidente, Álvaro Eguíluz Urizarna.
BOCM-20240805-27
Solución de controversias
B.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 243
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convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es
la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con
otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una
solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”. Dispone de información
complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Decimoquinta
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por la dirección de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de
Bienes Culturales y el responsable de las prácticas designado por el Ayuntamiento de Belorado o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosexta
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así
como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Decimoséptima
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula decimoquinta de este convenio,
en todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación
sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los Juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 4 de julio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director de la Escuela Superior de
Conservación y Restauración de Bienes Culturales, David Gómez Lozano.—Por el Ayuntamiento de Belorado, el Alcalde-Presidente, Álvaro Eguíluz Urizarna.
BOCM-20240805-27
Solución de controversias