C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-5)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 184
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
5
EXTRACTO de la Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de
proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general
considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la
Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
BDNS: 777931
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio
Primero
Beneficiarios
Entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como la Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de
Madrid, así como las confederaciones, federaciones, asociaciones y agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica, siempre que cumplan con lo previsto en la ciada
Ley 43/2015, de 9 de octubre, que propongan proyectos a ejecutar en el ámbito territorial
de la Comunidad de Madrid.
Solo y exclusivamente para proyectos que se presenten a la sublínea B4 “alimentos y
comedores sociales”, también serán beneficarios las instituciones sin ánimo de lucro que
presten servicio de comedor social en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que no estén
incluidas el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre.
Segundo
Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de
interés social dirigidos a población vulnerable, con cargo a los presupuestos generales de la
Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de
las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Las subvenciones objeto de esta orden irán destinadas a cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza y
exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, en el
ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de
proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados
de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7
por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 160, de 1 de julio.
BOCM-20240803-5
Bases reguladoras
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 184
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
5
EXTRACTO de la Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de
proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general
considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la
Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
BDNS: 777931
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio
Primero
Beneficiarios
Entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como la Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de
Madrid, así como las confederaciones, federaciones, asociaciones y agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica, siempre que cumplan con lo previsto en la ciada
Ley 43/2015, de 9 de octubre, que propongan proyectos a ejecutar en el ámbito territorial
de la Comunidad de Madrid.
Solo y exclusivamente para proyectos que se presenten a la sublínea B4 “alimentos y
comedores sociales”, también serán beneficarios las instituciones sin ánimo de lucro que
presten servicio de comedor social en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que no estén
incluidas el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre.
Segundo
Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de
interés social dirigidos a población vulnerable, con cargo a los presupuestos generales de la
Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de
las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Las subvenciones objeto de esta orden irán destinadas a cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza y
exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, en el
ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de
proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados
de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7
por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 160, de 1 de julio.
BOCM-20240803-5
Bases reguladoras