Chapinería (BOCM-20240802-50)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 183

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 471

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50

CHAPINERÍA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240802-50

Aprobado definitivamente por decreto de esta Alcaldía, dictado con fecha 8 de julio
de 2024, el padrón relativo al impuesto sobre actividades económicas correspondiente a la
matricula del ejercicio 2024, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos
que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de un mes, a fin de
que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o
reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas
en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a de finalización del término de
exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario, sin que se haya satisfecho la deuda, se
iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de
los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Chapinería, a 8 de julio de 2024.—La alcaldesa, Lucía Moya Domínguez.
(01/12.214/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791