Pinto (BOCM-20240802-73)
Régimen económico. Información pública
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 506
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240802-73
Aprobación Inicial de las bases reguladoras y convocatoria para sustituir la climatización
de los comercios en el marco del Proyecto Pinto Km 0-2, apoyo al comercio local, transformación digital y sostenibilidad, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.—Expediente número: 2024/18991.
El Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria celebrada el 26 de julio de 2024,
acordó aprobar inicialmente las bases reguladoras y convocatoria para sustituir la climatización de los comercios en el marco del Proyecto Pinto Km0-2, apoyo al comercio local,
transformación digital y sostenibilidad, dentro de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU).
Dicho acuerdo y su expediente se somete a información pública mediante el presente
anuncio por el plazo de treinta días hábiles, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual las personas con interés legítimo podrán
presentar reclamaciones y la ciudadanía en general podrá formular sugerencias, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia, el certificado de este acuerdo, con el texto íntegro aprobado inicialmente y los informes emitidos
durante su tramitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.e) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En caso de no formularse reclamaciones ni sugerencias en el plazo previsto, dicho
acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.
Pinto, a 31 de julio de 2024.—El alcalde, Salomón Aguado Manzanares.
(03/12.803/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240802-73
Aprobación Inicial de las bases reguladoras y convocatoria para sustituir la climatización
de los comercios en el marco del Proyecto Pinto Km 0-2, apoyo al comercio local, transformación digital y sostenibilidad, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.—Expediente número: 2024/18991.
El Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria celebrada el 26 de julio de 2024,
acordó aprobar inicialmente las bases reguladoras y convocatoria para sustituir la climatización de los comercios en el marco del Proyecto Pinto Km0-2, apoyo al comercio local,
transformación digital y sostenibilidad, dentro de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU).
Dicho acuerdo y su expediente se somete a información pública mediante el presente
anuncio por el plazo de treinta días hábiles, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual las personas con interés legítimo podrán
presentar reclamaciones y la ciudadanía en general podrá formular sugerencias, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia, el certificado de este acuerdo, con el texto íntegro aprobado inicialmente y los informes emitidos
durante su tramitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.e) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En caso de no formularse reclamaciones ni sugerencias en el plazo previsto, dicho
acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.
Pinto, a 31 de julio de 2024.—El alcalde, Salomón Aguado Manzanares.
(03/12.803/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791