Fresno de Torote (BOCM-20240802-58)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 484
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
tutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o
en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida en el caso de cada oficio o cumplir las condiciones de
obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
f) Presentar certificado de servicios previos, vida laboral y contratos de trabajo.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las
que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales para la plaza que se opte; se dirigirán al Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales,
a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el tablón de
anuncios y web, así como en los boletines que fueran preceptivos. Transcurrido dicho plazo,
la Bolsa quedará abierta a nuevos aspirantes y/o solicitantes, que serán baremados por el Tribunal, otorgándoles la puntuación que corresponda, previamente a la contratación que, por necesidades del servicio, exijan plazas que puedan estar vacantes temporal o permanentemente.
Dicho plazo para ingresar en la Bolsa permanecerá abierto indefinidamente hasta que, por el
órgano correspondiente, se derogue la misma o hasta que se sustituya por otra Bolsa que pueda ser aprobada.
El ayuntamiento asimismo podrá solicitar al Servicio Público de Empleo que nos remitan posibles candidatos para cubrir el puesto.
Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se
publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de tres días hábiles para la subsanación.
En la misma publicación se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de cinco días, desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Sexta. Tribunal Calificador
CARGO
IDENTIDAD
Presidente
BARBARA ROMERO FANJUL
Vocal
RAUL MARTÍNEZ MUÑOZ
Vocal
EVA MARÍA BERZOSA GARRIDO
Vocal
PEDRO MORON CELESTINO
Secretario
FAUSTINIANO GARCÍA LASECA
BOCM-20240802-58
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal calificador estará constituido por:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 484
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
tutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o
en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida en el caso de cada oficio o cumplir las condiciones de
obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
f) Presentar certificado de servicios previos, vida laboral y contratos de trabajo.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las
que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales para la plaza que se opte; se dirigirán al Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales,
a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el tablón de
anuncios y web, así como en los boletines que fueran preceptivos. Transcurrido dicho plazo,
la Bolsa quedará abierta a nuevos aspirantes y/o solicitantes, que serán baremados por el Tribunal, otorgándoles la puntuación que corresponda, previamente a la contratación que, por necesidades del servicio, exijan plazas que puedan estar vacantes temporal o permanentemente.
Dicho plazo para ingresar en la Bolsa permanecerá abierto indefinidamente hasta que, por el
órgano correspondiente, se derogue la misma o hasta que se sustituya por otra Bolsa que pueda ser aprobada.
El ayuntamiento asimismo podrá solicitar al Servicio Público de Empleo que nos remitan posibles candidatos para cubrir el puesto.
Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se
publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de tres días hábiles para la subsanación.
En la misma publicación se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de cinco días, desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Sexta. Tribunal Calificador
CARGO
IDENTIDAD
Presidente
BARBARA ROMERO FANJUL
Vocal
RAUL MARTÍNEZ MUÑOZ
Vocal
EVA MARÍA BERZOSA GARRIDO
Vocal
PEDRO MORON CELESTINO
Secretario
FAUSTINIANO GARCÍA LASECA
BOCM-20240802-58
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal calificador estará constituido por: