C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20240802-14)
Declaración período inhábil – Resolución de 18 de julio de 2024, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2024, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos de la Universidad Rey Juan Carlos
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Universidad Rey Juan Carlos
14
RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2024, del Rector de la Universidad Rey Juan
Carlos, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2024, a efectos de
cómputo de plazos en los procedimientos administrativos de la Universidad Rey
Juan Carlos.
Comprobadas las necesidades administrativas de la Universidad Rey Juan Carlos durante el mes de agosto de 2024 y en el uso de las facultades conferidas en los Estatutos de la
Universidad, aprobadas por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de
las facultades que me atribuye el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, este Rectorado
RESUELVE
Primero
Declarar inhábil el período del 1 al 25 del mes de agosto de 2024 para el Registro Electrónico, a efectos de plazos de procedimientos administrativos.
Segundo
Declarar inhábil el período del 1 al 25 del mes de agosto de 2024, a efectos de cómputo de plazos correspondientes a todos los procedimientos administrativos de gestión propia
cuya resolución corresponda a la Universidad, tanto para la presentación de solicitudes
como para la realización de trámites, o la resolución y notificación de dichos actos administrativos, excepto de aquellos trámites que afecten a los procedimientos con expedientes
de contratación gestionados por el servicio de contratación, así como para los trámites relacionados con la preinscripción de másteres universitarios.
Tercero
En concordancia con el punto anterior, quedarán interrumpidos todos los plazos que
transcurran en ese período (entre el 1 y el 25 del mes de agosto), tanto para la contratación,
nombramientos y tomas de posesión en los concursos de selección de personal laboral y
funcionario para la cobertura de plazas de profesores contratados y cuerpos docentes, como
para la presentación de solicitudes, tramitación, resolución o notificación en dicho ámbito.
Ordenar la publicación de la presente Resolución para su general conocimiento en el
tablón electrónico oficial y en el “Boletín Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos”.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su publicación; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con la ley reguladora de dicha jurisdicción.
Móstoles, a 18 de julio de 2024.—El Rector, Javier Ramos López.
(03/12.078/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240802-14
Cuarto
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VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Universidad Rey Juan Carlos
14
RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2024, del Rector de la Universidad Rey Juan
Carlos, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2024, a efectos de
cómputo de plazos en los procedimientos administrativos de la Universidad Rey
Juan Carlos.
Comprobadas las necesidades administrativas de la Universidad Rey Juan Carlos durante el mes de agosto de 2024 y en el uso de las facultades conferidas en los Estatutos de la
Universidad, aprobadas por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de
las facultades que me atribuye el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, este Rectorado
RESUELVE
Primero
Declarar inhábil el período del 1 al 25 del mes de agosto de 2024 para el Registro Electrónico, a efectos de plazos de procedimientos administrativos.
Segundo
Declarar inhábil el período del 1 al 25 del mes de agosto de 2024, a efectos de cómputo de plazos correspondientes a todos los procedimientos administrativos de gestión propia
cuya resolución corresponda a la Universidad, tanto para la presentación de solicitudes
como para la realización de trámites, o la resolución y notificación de dichos actos administrativos, excepto de aquellos trámites que afecten a los procedimientos con expedientes
de contratación gestionados por el servicio de contratación, así como para los trámites relacionados con la preinscripción de másteres universitarios.
Tercero
En concordancia con el punto anterior, quedarán interrumpidos todos los plazos que
transcurran en ese período (entre el 1 y el 25 del mes de agosto), tanto para la contratación,
nombramientos y tomas de posesión en los concursos de selección de personal laboral y
funcionario para la cobertura de plazas de profesores contratados y cuerpos docentes, como
para la presentación de solicitudes, tramitación, resolución o notificación en dicho ámbito.
Ordenar la publicación de la presente Resolución para su general conocimiento en el
tablón electrónico oficial y en el “Boletín Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos”.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su publicación; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con la ley reguladora de dicha jurisdicción.
Móstoles, a 18 de julio de 2024.—El Rector, Javier Ramos López.
(03/12.078/24)
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