Ciempozuelos (BOCM-20240801-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 325

8. Deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
con el Ayuntamiento de Ciempozuelos.
9. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
10. No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Ciempozuelos o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su
presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento, a que se refiere el artículo 70.3 del RGS, se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se
realizará de oficio y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
11. No estar incursos en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la LGS.
Cuarto. Cuantía.—El importe de la subvención establecido como ayuda para realizar las carrozas y pasacalles es 7.500 euros, que quedará repartido de la siguiente manera:
CATEGORÍA

CUANTÍA
DE LA AYUDA

Carrozas

900 €

Pasacalles adultos

550 €

Pasacalles temática infantil

550 €

Se establece un máximo de tres carrozas participantes y de hasta cinco pasacalles, por lo
que la cuantía máxima de la partida destinada a esta subvención se establece en un máximo
de 7.500 euros. El importe de la subvención como premios establecidos es de 2.050 euros, que
serán repartidos de la siguiente manera:
CUANTÍA
DEL PREMIO

Primer premio

700 €

Segundo Premio

350€

PASACALLES TEMÁTICA INFANTIL

CUANTÍA
DEL PREMIO

Primer premio

350 €

Segundo Premio

150 €

PASACALLES ADULTO

CUANTÍA
DEL PREMIO

Primer premio

350 €

Segundo Premio

150 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de
solicitudes en su inicio comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa
remisión por parte de la BDN y hasta el 31 de agosto de 2024.
Sexto. Documentación.—Junto a la solicitud, se deberán aportar los documentos que
se detallan a continuación:
En caso de persona física:
a) DNI o NIE.
b) Alta de terceros.
c) Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS),
haciendo también mención expresa a que se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cumplimiento de
obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
En caso de representación, además adjuntará:
a) Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y la representación de
quien firme la solicitud (copia de la escritura de constitución o modificación, copia
del acta fundacional y estatutos, copia del DNI, alta en actividad económica, etc.).
En Ciempozuelos, a 24 de julio de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.
(03/12.329/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240801-79

CARROZAS ADULTAS