San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240801-101)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 182

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
101

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO

BDNS (Identif.): 776566
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ) y en la página web municipal
( https://www.aytosanlorenzo.es ):
Primero. Objeto.—El objeto de las presentes bases es regular la segunda convocatoria
que permita el acceso de las familias a la Ayuda Escolar General que ofrece el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
Segundo. Crédito presupuestario.—Esta segunda convocatoria de Ayuda Escolar
General se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 3200-48040 “Admón. Gral.
Educación. a familias e instituciones s. lucro. Ayuda Escolar”, del presupuesto general
municipal para el ejercicio 2024, que prevé una dotación de 70.845,00 euros, para esta finalidad, sin perjuicio de su posible aumento, mediante la correspondiente modificación de
créditos, si se considerara oportuno, siendo de aplicación al nuevo crédito incorporado a
estas mismas bases.
Tercero. Beneficiarios y requisitos.—1. El titular de la ayuda escolar será el padre,
madre o tutor que conviva con el menor. En caso de separación o divorcio, podrá solicitar
la ayuda el progenitor con el que el alumno esté empadronado. Si el alumno es mayor de
edad, será él el titular de la ayuda escolar.
En caso de custodia compartida, el titular de la ayuda será aquél con el que el menor
esté empadronado.
Solo se podrá realizar una solicitud por unidad familiar.
2. Requisitos:
— Dirigida a todos los alumnos/as, entre 3 y 19 años que estando empadronados con
el progenitor o tutor solicitante con anterioridad al 1 de octubre de 2023 en San
Lorenzo de El Escorial, vayan a cursar estudios de Educación Infantil de Segundo
Ciclo, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio, Bachillerato, Enseñanzas para
la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria de Nivel I
o de Nivel II, o Bachillerato de Educación de Adultos en el curso 2024-2025.
Los alumnos que hayan nacido en los años 2005 o 2006 y que hayan repetido algún curso escolar o vayan a repetir, y por lo tanto, sigan cursando Grado Medio o
Bachillerato durante el curso escolar 2024-2025, podrán realizar la inscripción
para solicitar la ayuda en el plazo establecido.
— Los alumnos de educación especial que asistan a un centro educativo tendrán
derecho a la ayuda escolar desde los 3 a los 21 años, si se cumplen las demás
condiciones exigidas anteriormente.
— El solicitante y el menor para el que se otorga la ayuda, tienen que estar juntos empadronados ininterrumpidamente desde la fecha establecida en el párrafo anterior
y continuar estándolo en la fecha de recogida de la ayuda escolar.
— Los alumnos de Educación de Adultos podrán solicitar la ayuda siempre que hayan nacido en el año 2005 o años posteriores y siempre que cursen alguno de los
siguientes estudios:
d Enseñanzas para la obtención del título de Graduado en ESO. Nivel I.
d Enseñanzas para la obtención del título de Graduado en ESO. Nivel II.
d Bachillerato para personas adultas.

BOCM-20240801-101

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 18 de julio de 2024, por el que
se aprueban las bases de la segunda convocatoria de la Ayuda Escolar General para el curso 2024-2025.