B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240801-25)
Puesto libre designación – Orden de 19 de julio de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 16 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería, por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 182
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
25
ORDEN de 19 de julio de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 16
de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de
mayo de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha
Consejería, por el procedimiento de Libre Designación
Por Orden del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de fecha 16 de
mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2024),
se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo en la citada
Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril),
así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, verificando que los candidatos propuestos cumplen los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en
virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el
Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente Resolución, salvo que el
cese haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órga-
BOCM-20240801-25
Plazo de toma de posesión
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 182
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
25
ORDEN de 19 de julio de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 16
de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de
mayo de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha
Consejería, por el procedimiento de Libre Designación
Por Orden del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de fecha 16 de
mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2024),
se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo en la citada
Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril),
así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, verificando que los candidatos propuestos cumplen los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en
virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el
Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente Resolución, salvo que el
cese haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órga-
BOCM-20240801-25
Plazo de toma de posesión