D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240801-67)
Convenio –  Adenda de 15 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 182

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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ADENDA de 15 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para
la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).
Madrid, a 15 de julio de 2024.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de
las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Corpa Rubio, Alcalde del Ayuntamiento de San
Fernando de Henares, elegido por Acuerdo del Pleno 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y

I. El 13 de diciembre de 2021, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, formalizó Convenio de colaboración con el
entonces Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para la ejecución de proyectos con
cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. El objeto y plazo de este Convenio venía determinado por la Decisión de Ejecución del
Consejo de la Unión Europea de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, mediante la cual se establecieron una
serie de plazos de ejecución para los diferentes objetivos del Council Implementing Decision, en los que participaba la Comunidad de Madrid, a través de la referida Consejería.
II. El Consejo de la Unión Europea, a petición del Gobierno de España, ha aprobado el pasado 13 de octubre de 2023 una Decisión de Ejecución por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo de la Unión Europea de 13 de julio de 2021, relativa a la
aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, por la que
se amplían los plazos de ejecución anteriormente citados de las actuaciones vinculadas al
Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En virtud de esta Decisión de Ejecución, se
va a suscribir una Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración firmado por el entonces Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 con la Comunidad
de Madrid, en fecha 13 de diciembre de 2021, para la ejecución de proyectos con cargo a
los Fondos Europeos, referenciado en el apartado primero.
III. En virtud del citado Convenio, se formalizó a su vez, el día 26 de julio de 2022
el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65).
IV. La Cláusula Novena del citado Convenio de colaboración establece que cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del con-

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