B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240801-8)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el cuerpo de Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Enfermería, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 182
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/enfermeria-a2-estabilizacion
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no
acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera
del Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Enfermería, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid,
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto
BOCM-20240801-8
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid a 17 de julio de 2024.—La Subdirectora General de Planificación y Selección, por delegación de firma de la Directora General de Función Pública, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021, Emilia Álvarez Tornero.
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 182
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/enfermeria-a2-estabilizacion
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no
acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera
del Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Enfermería, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid,
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto
BOCM-20240801-8
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid a 17 de julio de 2024.—La Subdirectora General de Planificación y Selección, por delegación de firma de la Directora General de Función Pública, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021, Emilia Álvarez Tornero.