C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240731-41)
Tablas valoración series documentales – Orden 1366/2024, de 16 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid y de las Entidades Locales madrileñas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
Información con
limitaciones de
acceso (P)
Datos de carácter
personal (DP)
P2: Relaciones exteriores
P3: Seguridad pública
P4: Prevención, investigación y
sanción de ilícitos penales,
administrativos o disciplinarios.
Funciones administrativas de
vigilancia, inspección y control
P6: Intereses económicos y
comerciales
P7: Política económica y
monetaria
P8:
Secreto
profesional.
Propiedad
intelectual
e
industrial.
Garantía
de
confidencialidad o el secreto
requerido en la toma de decisión
P9:
Protección
del
medioambiente
DP1: Categorías especiales de
datos (no se pueden concretar)
DP2: Datos sobre infracciones
penales o administrativas que no
conlleven amonestación pública
al infractor
DP3: Otros datos de carácter
personal
susceptibles
de
identificación
DP 4: Datos colectivos de
especial vulnerabilidad y datos
de personas fallecidas
B.O.C.M. Núm. 181
Artículo 23.1 del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos).
Artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Artículo 34.1 de la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de transparencia y de participación de
la Comunidad de Madrid.
Artículo 27 y disposición Adicional Primera
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos
digitales.
Artículos 5, 9, 10 y 25 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de
datos).
Artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Artículo 35 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de transparencia y de participación de la
Comunidad de Madrid.
Artículos 3, 7, 9, 10 y 27 de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
DENOMINACIÓN
Anonimización
MEDIDAS
Considerando 26 y artículos 6.4. e), 5.1 y 32.1.a) del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
BOCM-20240731-41
Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y
modalidad de disociación de datos o acceso parcial): Sí
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
Información con
limitaciones de
acceso (P)
Datos de carácter
personal (DP)
P2: Relaciones exteriores
P3: Seguridad pública
P4: Prevención, investigación y
sanción de ilícitos penales,
administrativos o disciplinarios.
Funciones administrativas de
vigilancia, inspección y control
P6: Intereses económicos y
comerciales
P7: Política económica y
monetaria
P8:
Secreto
profesional.
Propiedad
intelectual
e
industrial.
Garantía
de
confidencialidad o el secreto
requerido en la toma de decisión
P9:
Protección
del
medioambiente
DP1: Categorías especiales de
datos (no se pueden concretar)
DP2: Datos sobre infracciones
penales o administrativas que no
conlleven amonestación pública
al infractor
DP3: Otros datos de carácter
personal
susceptibles
de
identificación
DP 4: Datos colectivos de
especial vulnerabilidad y datos
de personas fallecidas
B.O.C.M. Núm. 181
Artículo 23.1 del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos).
Artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Artículo 34.1 de la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de transparencia y de participación de
la Comunidad de Madrid.
Artículo 27 y disposición Adicional Primera
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos
digitales.
Artículos 5, 9, 10 y 25 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de
datos).
Artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Artículo 35 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de transparencia y de participación de la
Comunidad de Madrid.
Artículos 3, 7, 9, 10 y 27 de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
DENOMINACIÓN
Anonimización
MEDIDAS
Considerando 26 y artículos 6.4. e), 5.1 y 32.1.a) del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
BOCM-20240731-41
Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y
modalidad de disociación de datos o acceso parcial): Sí