Colmenarejo (BOCM-20240731-82)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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COLMENAREJO

Tras la celebración de las Elecciones Municipales el día 28 de mayo de 2023 y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de
noviembre de 1986, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Alcaldía-Presidencia, con fecha 27 de junio de 2023,
por resolución n.o 724/2023, designó los concejales titulares de las Concejalías, Servicios o
Áreas a los que se les encomienda la dirección de un Área, Concejalía o Servicio, y las atribuciones y competencias en la forma que se expresa en la resolución de dicha fecha.
Vista la resolución n.o 1080/2023, de 20 de septiembre de 2023 por la que se modifican las competencias delegadas en el concejal D. José Jorge Martín Gómez.
Vista la resolución n.o 1267/2023, de 30 de noviembre de 2023 de modificación de las
competencias delegadas en los concejales.
Vista la resolución n.o 1496/2023, de 13 de diciembre de 2023 de modificación de las
competencias delegadas en los concejales.
En consonancia a la exigencia de profesionalización de los agentes públicos que participan en los procesos de contratación, tal y como se exige en el artículo 334.2.b) de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en la Recomendación
(UE) 2017/1805 de la Comisión de 3 de octubre de 2017, es necesaria la creación de una
unidad administrativa especializada con funcionarios formados en materia de contratación, y de esta manera coadyuvar a todos los participantes en la tramitación de los expedientes de contratación que se celebran en este ayuntamiento en el objetivo ineludible de
asegurar la correcta ejecución de lo contratado y cumplir con los principios básicos de
igualdad de trato y de eficiencia en la utilización de los fondos públicos.
Considerando lo anteriormente expuesto, resuelvo:
Primero.—Ampliar las competencias delegadas a D. José Jorge Martín Gómez segundo teniente de alcalde y concejal-delegado de Hacienda, Subvenciones, Personal y Régimen Interno, con la designación de titular de la Concejalía de Contratación.
Segundo.—Delegar en D. José Jorge Martín Gómez, como concejal de la Concejalía
de Contratación, las atribuciones y competencias genéricas y específicas que a continuación
se expresan:
— Planificación y organización temporal de la contratación general de la Entidad en
coordinación con el Área Jurídica y de Intervención de este Ayuntamiento, y en
consonancia con las competencias en materia de contratación, que están delegadas en los respectivos concejales según los ámbitos materiales de sus Concejalías.
— Impulsar el inicio de los expedientes de contratación, excepto en los contratos menores que la aprobación del expediente y su adjudicación se delega en los respectivos concejales, según los ámbitos materiales de sus competencias.
— Vigilancia y control de la tramitación administrativa seguida en los expedientes de
contratación, incluidas las posibles prórrogas, modificaciones, revisiones de precios, imposiciones de penalidades, y las devoluciones de garantías a los adjudicatarios con el objetivo de mejorar los procedimientos, simplificándolos, homogenizándolos y dotándolos de mayor operatividad.
— Realizar un adecuado control de la ejecución de los contratos tras su adjudicación,
en coordinación con los responsables de los contratos y los concejales con delegaciones en materia de contratación.
— Dirección del personal adscrito a tareas de contratación, sin perjuicio de las competencias que corresponden a la secretaría general.
— Proponer a los órganos competentes, el nombramiento de los miembros de la
Mesa de Contratación.

BOCM-20240731-82

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO