B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240731-9)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 16 de julio de 2024, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Farmacéuticos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 1901/2022, de 8 de septiembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024

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General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la prueba de carácter
teórico práctico y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán
participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Cuarto
Régimen disciplinario
Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido
nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su
procedimiento de selección.
El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.
Quinto
Sistema de evaluación
Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 1901/2022, de 8 de septiembre, a efectos de la superación del curso, los aspirantes deberán realizar una prueba de carácter teóricopráctico propuesta por el Tribunal de Selección, que será calificado por dicho órgano
colegiado como “apta” o “no apta”. No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”. En este caso, el aspirante perderá el derecho a su nombramiento como
funcionario de carrera mediante resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador.
Desde el último día lectivo hasta la fecha de realización de la prueba teórico-práctica
deberán transcurrir, al menos, dos días hábiles. La fecha definitiva, hora y lugar de la prueba serán comunicados a los alumnos durante el desarrollo del curso selectivo.
Sexto
Sesión inaugural
A efectos de dar inicio al curso selectivo, se convoca a todos los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición del proceso de referencia a que comparezcan el día 9 de septiembre de 2024, a las nueve horas, en la primera planta de la sede de la Consejería de Sanidad, sita en la calle Sagasta, n.o 6, de Madrid.
Séptimo
El curso selectivo se impartirá, en atención a los módulos de que consta el mismo, en
los lugares que se indican a continuación:
— Módulos I, II, IV, VI y VII: se celebrarán en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, sita en
la calle Sagasta, n.o 6, de Madrid.
— Módulo III: Se celebrará en la sala de juntas situada en la 6.a planta del Centro de
Salud Espronceda, sito en la calle Espronceda, n.o 24, de Madrid.
— Módulo V: Una parte las horas lectivas del mismo se celebrará en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, el resto tendrá lugar en el Centro de Salud Espronceda.
— Módulo VIII: Se celebrará en la sede de la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios, sita en la Calle de Campezo, n.o 1, de Madrid.
El lugar de desarrollo de las prácticas a través de la visita a un Servicio de Farmacia
Hospitalaria, se comunicará a los alumnos a lo largo del desarrollo del curso. Del mismo
modo, si las características propias de alguna de las clases previstas o circunstancias sobrevenidas, lo hicieran necesario, podrá establecerse otro lugar de impartición previa comunicación a los aspirantes con la suficiente antelación.

BOCM-20240731-9

Lugares de impartición