D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240731-48)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de julio de 2024, en materia de Educación Infantil, suscrito entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y el Ayuntamiento de Collado Mediano
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 202
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 181
2. Prestación del servicio del Equipo de Atención Temprana correspondiente a
los centros de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. Prestación del servicio de la Dirección de Zona de las Casas de Niños objeto
de este convenio.
4. La Consejería de Educación Ciencia y Universidades, además:
4.1. Orientará y supervisará el funcionamiento pedagógico del centro de
Educación Infantil objeto de este convenio.
4.2. Aportará los modelos generales de convocatoria y pliegos de concursos y
participará, en calidad de asesor, en la selección de la entidad gestora o
del personal educativo que convoque el Ayuntamiento para el funcionamiento del centro de educación infantil de su titularidad incluido en el
presente convenio de acuerdo con las competencias de las entidades locales y la normativa vigente en materia laboral y de contratación pública.
b) El Ayuntamiento se compromete a realizar las aportaciones siguientes:
1. Aportación económica según lo establecido en el Decreto 28/2019, de 9 de
abril, del Consejo de Gobierno por el que se regula la financiación del primer
ciclo de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. Para el curso 20242025, el presupuesto de la aportación económica del Ayuntamiento a los centros se recoge en el anexo a este convenio, con la distribución, en su caso, de
su cuantía por las anualidades de los ejercicios 2024 y 2025, que se efectuará
con cargo a las partidas presupuestarias relacionadas de los Presupuestos municipales para dichos años.
ECONÓMICA
321
13000
Educación preescolar y primaria. Laboral fijo
DENOMINACIÓN
321
13001
Educación preescolar y primaria. Horas extraordinarias
321
13100
Educación preescolar y primaria. Laboral temporal
321
13101
Educación preescolar y primaria.Horas extraordinarias Personal Laboral Temporal
321
15000
Educación preescolar y primaria. Productividad
321
15100
Educación preescolar y primaria. Gratificaciones
321
16001
Educación preescolar y primaria. Seguridad Social laborales
321
21200
Educación preescolar y primaria. Mantenimiento de edificios
321
21500
Educación preescolar y primaria. Mobiliario
321
22100
Educación preescolar y primaria. Energía eléctrica
321
22101
Educación preescolar y primaria. Agua
321
22104
Educación preescolar y primaria. Vestuario
321
22199
Educación preescolar y primaria. Otros suministros
321
22603
Educación preescolar y primaria. Publicación en Diarios Oficiales
321
22699
Eduación preescolar y primaria. Otros gastos diversos
321
22706
Educación preescolar y primaria. Estudios y trabajos técnicos
321
22729
Educación preescolar y primaria. Servicios de comedor horario ampliado
2. Aportación de los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. El Ayuntamiento, además:
3.1. Colaborará en la orientación y supervisión del funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.2. Gestionará los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.3. Colaborará en el control del cumplimiento de la normativa establecida
en la cláusula tercera del presente convenio.
3.4. Gestionará los presupuestos económicos del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.5. Propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la
Comunidad de Madrid las actuaciones en materia de planificación escolar en la etapa de Educación Infantil que considere oportunas en lo que
afecte a su municipio.
3.6. El Ayuntamiento se compromete a remitir mensualmente a la Unidad
Técnica de Educación Infantil de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades de la Comunidad de Madrid la siguiente documentación,
sin perjuicio de otros datos que estime ésta conveniente solicitar sobre
BOCM-20240731-48
PROGRAMA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 202
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 181
2. Prestación del servicio del Equipo de Atención Temprana correspondiente a
los centros de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. Prestación del servicio de la Dirección de Zona de las Casas de Niños objeto
de este convenio.
4. La Consejería de Educación Ciencia y Universidades, además:
4.1. Orientará y supervisará el funcionamiento pedagógico del centro de
Educación Infantil objeto de este convenio.
4.2. Aportará los modelos generales de convocatoria y pliegos de concursos y
participará, en calidad de asesor, en la selección de la entidad gestora o
del personal educativo que convoque el Ayuntamiento para el funcionamiento del centro de educación infantil de su titularidad incluido en el
presente convenio de acuerdo con las competencias de las entidades locales y la normativa vigente en materia laboral y de contratación pública.
b) El Ayuntamiento se compromete a realizar las aportaciones siguientes:
1. Aportación económica según lo establecido en el Decreto 28/2019, de 9 de
abril, del Consejo de Gobierno por el que se regula la financiación del primer
ciclo de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. Para el curso 20242025, el presupuesto de la aportación económica del Ayuntamiento a los centros se recoge en el anexo a este convenio, con la distribución, en su caso, de
su cuantía por las anualidades de los ejercicios 2024 y 2025, que se efectuará
con cargo a las partidas presupuestarias relacionadas de los Presupuestos municipales para dichos años.
ECONÓMICA
321
13000
Educación preescolar y primaria. Laboral fijo
DENOMINACIÓN
321
13001
Educación preescolar y primaria. Horas extraordinarias
321
13100
Educación preescolar y primaria. Laboral temporal
321
13101
Educación preescolar y primaria.Horas extraordinarias Personal Laboral Temporal
321
15000
Educación preescolar y primaria. Productividad
321
15100
Educación preescolar y primaria. Gratificaciones
321
16001
Educación preescolar y primaria. Seguridad Social laborales
321
21200
Educación preescolar y primaria. Mantenimiento de edificios
321
21500
Educación preescolar y primaria. Mobiliario
321
22100
Educación preescolar y primaria. Energía eléctrica
321
22101
Educación preescolar y primaria. Agua
321
22104
Educación preescolar y primaria. Vestuario
321
22199
Educación preescolar y primaria. Otros suministros
321
22603
Educación preescolar y primaria. Publicación en Diarios Oficiales
321
22699
Eduación preescolar y primaria. Otros gastos diversos
321
22706
Educación preescolar y primaria. Estudios y trabajos técnicos
321
22729
Educación preescolar y primaria. Servicios de comedor horario ampliado
2. Aportación de los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. El Ayuntamiento, además:
3.1. Colaborará en la orientación y supervisión del funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.2. Gestionará los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.3. Colaborará en el control del cumplimiento de la normativa establecida
en la cláusula tercera del presente convenio.
3.4. Gestionará los presupuestos económicos del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.5. Propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la
Comunidad de Madrid las actuaciones en materia de planificación escolar en la etapa de Educación Infantil que considere oportunas en lo que
afecte a su municipio.
3.6. El Ayuntamiento se compromete a remitir mensualmente a la Unidad
Técnica de Educación Infantil de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades de la Comunidad de Madrid la siguiente documentación,
sin perjuicio de otros datos que estime ésta conveniente solicitar sobre
BOCM-20240731-48
PROGRAMA