D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240731-63)
Convenio – Convenio de 17 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Apoyo Positivo, para el desarrollo de un programa de acompañamiento a los pacientes con VIH en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud mediante la implantación del proyecto “Pares”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
Pág. 307
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
63
CONVENIO de 17 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Apoyo Positivo, para
el desarrollo de un programa de acompañamiento a los pacientes con VIH en los
centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud mediante la implantación del
proyecto “Pares”.
REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada mediante el Decreto 44/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el 4.3.a) de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el
régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D.a Reyes Velayos Corrales, actuando en nombre y representación de Apoyo Positivo, con domicilio social en Avenida del Llano Castellano, número 26, 28034 Madrid, y
NIF G80672694, en calidad de presidenta de la misma, según consta en el Registro Nacional de
Asociaciones (Resolución de 06/06/2022) y en virtud del artículo 17 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria.
Corresponde a la Consejera de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y
el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en las
siguientes materias: planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención farmacéutica,
infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación sanitaria, investigación e innovación sanitaria, humanización sanitaria, coordinación
sociosanitaria, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad de Madrid, salud pública, salud mental, inspección y ordenación sanitaria y farmacéutica, seguridad alimentaria y trastornos adictivos, según lo establecido en el artículo 1 del
Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
BOCM-20240731-63
Segundo
B.O.C.M. Núm. 181
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
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Consejería de Sanidad
63
CONVENIO de 17 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Apoyo Positivo, para
el desarrollo de un programa de acompañamiento a los pacientes con VIH en los
centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud mediante la implantación del
proyecto “Pares”.
REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada mediante el Decreto 44/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el 4.3.a) de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el
régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D.a Reyes Velayos Corrales, actuando en nombre y representación de Apoyo Positivo, con domicilio social en Avenida del Llano Castellano, número 26, 28034 Madrid, y
NIF G80672694, en calidad de presidenta de la misma, según consta en el Registro Nacional de
Asociaciones (Resolución de 06/06/2022) y en virtud del artículo 17 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria.
Corresponde a la Consejera de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y
el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en las
siguientes materias: planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención farmacéutica,
infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación sanitaria, investigación e innovación sanitaria, humanización sanitaria, coordinación
sociosanitaria, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad de Madrid, salud pública, salud mental, inspección y ordenación sanitaria y farmacéutica, seguridad alimentaria y trastornos adictivos, según lo establecido en el artículo 1 del
Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
BOCM-20240731-63
Segundo