C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240731-33)
Bases ayudas – Orden de 12 de julio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantes
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 116
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 181
2. El órgano responsable del tratamiento es la Dirección General de Reequilibrio
Territorial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, ante quien se
podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual
se informa en aplicación del Capítulo II del Título III “Derechos de las personas” de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se autoriza al titular de la Dirección General de Reequilibrio Territorial a dictar cuantas
resoluciones resultasen necesarias para la aplicación y gestión eficaz de la presente Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 12 de julio de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
BOCM-20240731-33
(03/11.948/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 116
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 181
2. El órgano responsable del tratamiento es la Dirección General de Reequilibrio
Territorial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, ante quien se
podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual
se informa en aplicación del Capítulo II del Título III “Derechos de las personas” de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se autoriza al titular de la Dirección General de Reequilibrio Territorial a dictar cuantas
resoluciones resultasen necesarias para la aplicación y gestión eficaz de la presente Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 12 de julio de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
BOCM-20240731-33
(03/11.948/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791