B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240730-8)
Puesto libre designación –  Orden 1180/2024, de 15 de julio, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de carrera de naturaleza laboral vacantes en la Consejería de Sanidad, por el procedimiento de Libre Designación
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 180

MARTES 30 DE JULIO DE 2024

Pág. 37

Cuarta
1. Las solicitudes para participar en la convocatoria se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de
Madrid, en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid . Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad y se presentará electrónicamente en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
junto con la documentación que proceda.
En el caso de ser varias las plazas solicitadas se indicará el orden de preferencia entre
las mismas.
Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente, se la requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con
los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por lo que se
considerará a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que
se haya realizado la correspondiente subsanación.
Los plazos no vencidos podrán ser ampliados como consecuencia de incidencias técnicas que hayan imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación
que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite
el perfil profesional, y en todo caso:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos conforme al Anexo II de la
convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.
— Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, funciones así
como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General
de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el
que haya prestado servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad
de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones públicas.
— Certificado de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se
preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas
y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.
4. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derecho Digitales
y artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), los datos contenidos en
la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Sanidad para el
desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a
este proceso.
Quinta
Procedimiento y sistema de provisión
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de
la Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios de la sede de la Consejería de Sanidad, el
listado provisional de admitidos y de excluidos en el procedimiento, con indicación de las

BOCM-20240730-8

Solicitudes y documentación