D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240730-17)
Expropiación –  Orden de 7 de junio de 2024, del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa promovido con motivo de la ejecución del proyecto “Modificado número 1 tercer carril en la carretera M-607, tramo Tres Cantos Norte-Variante Sur de Colmenar Viejo (M-618)”, en los términos municipales de Tres Cantos y Colmenar Viejo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y a efectos de la urgente ocupación de los referidos bienes
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 180

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE JULIO DE 2024

Pág. 69

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
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ORDEN de 7 de junio de 2024, del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se somete a información pública la relación de bienes
y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa promovido con motivo de la ejecución del proyecto “Modificado número 1 tercer carril en la carretera M-607, tramo Tres Cantos Norte-Variante Sur de Colmenar Viejo (M-618)”, en
los términos municipales de Tres Cantos y Colmenar Viejo, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y a efectos de la urgente ocupación de los referidos bienes.

BOCM-20240730-17

La Dirección General Carreteras de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras está tramitando el proyecto “Modificado número 1 tercer carril en la carretera M-607. Tramo Tres Cantos Norte-Variante Sur de Colmenar Viejo (M-618)”, que sustituye al sometido a información pública el 29 de diciembre de 2021, al no haber llegado a
aprobarse ni a ejecutarse.
Su anejo de expropiaciones contiene la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que resultan afectados por expropiación, servidumbre y ocupación temporal, como consecuencia de la ejecución del proyecto, tal como recoge el artículo 17.1 de la
Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF).
Conforme establece el artículo 18 de la LEF procede someter a información pública
durante un plazo de quince días dicha relación, que se publicará en el boletín oficial correspondiente, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, si lo hubiere, y se comunicará a los Ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar para que la fijen en el tablón de anuncios.
En el referido plazo de quince días podrán formularse las alegaciones que se estimen
oportunas, tanto para rectificar posibles errores en la relación publicada, como oponerse por
razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación (artículo 19.1 de la LEF). Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras,
Secretaría General Técnica, Área de Expropiaciones (calle Maudes, número 17, 28003
Madrid).
El plano parcelario del Proyecto podrá examinarse durante el referido plazo, a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las oficinas del Área de Expropiaciones (calle Maudes, número 17,
de Madrid), en los Ayuntamientos de Tres Cantos y Colmenar Viejo y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/transparencia ).
Finalizado el plazo de información pública se estudiarán las alegaciones presentadas y
se dictará Orden de conclusión de la información pública, efectuando, en su caso, las modificaciones que resulten procedentes en la relación de bienes y derechos afectados.
Los propietarios afectados a la vista del Anejo de Expropiaciones del citado Proyecto
son los que a continuación se relacionan.