D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20240729-37)
Convenio – Convenio de colaboración de 4 de julio de 2024, entre la Agencia Madrileña de Atención Social y la Fundación Desarrollo y Asistencia, para la Promoción del Voluntariado en las Residencias de Mayores y Centros Ocupacionales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 179
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JULIO DE 2024
Pág. 359
Cuarta. Identificación de la información afectada.
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este
encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que
se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Centros de
Mayores AMAS”:
- Interesados:
Usuarios de las Residencias de Mayores y Centros Ocupacionales de la AMAS.
- Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder:
Datos de carácter identificativo.
Quinta. Duración.
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del convenio
suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdo
de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.
Sexta. Deber de confidencialidad.
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a
efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser
revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible,
actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada
como consecuencia de este convenio, en especial la información y datos personales a los que
el Encargado haya accedido o acceda durante su ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la
información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio durante la vigencia
del mismo, así como de forma indefinida tras su finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en
los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240729-37
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación
escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
B.O.C.M. Núm. 179
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JULIO DE 2024
Pág. 359
Cuarta. Identificación de la información afectada.
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este
encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que
se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Centros de
Mayores AMAS”:
- Interesados:
Usuarios de las Residencias de Mayores y Centros Ocupacionales de la AMAS.
- Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder:
Datos de carácter identificativo.
Quinta. Duración.
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del convenio
suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdo
de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.
Sexta. Deber de confidencialidad.
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a
efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser
revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible,
actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada
como consecuencia de este convenio, en especial la información y datos personales a los que
el Encargado haya accedido o acceda durante su ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la
información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio durante la vigencia
del mismo, así como de forma indefinida tras su finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en
los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240729-37
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación
escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.