Madrid (BOCM-20240726-43)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 177
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 23 de julio de 2024, por el que se aprueba un crédito extraordinario, por importe de 862.000,00 euros, en el Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (9/2024), ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 862.000,00 euros en el
Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, correspondiente al capítulo 6 “Inversiones reales” en la aplicación presupuestaria 501/102/491.01/636.01
“Equipos para proceso de datos (reforma y reposición)” del programa 491.01 “Servicios informáticos y comunicaciones”.
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales obtenido de la liquidación del Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2023, en la medida que el remanente del conjunto de entes que
conforman el grupo de consolidación del Ayuntamiento excede al superávit en términos de contabilidad nacional. Estas son magnitudes obtenidas de la liquidación del Presupuesto General del
Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos del ejercicio 2023”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas).
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
GASTOS
ALTAS
BAJAS
INGRESOS
TOTAL
MAYOR
MENOR
TOTAL
CAPÍTULO 1
CAPÍTULO 2
CAPÍTULO 3
CAPÍTULO 4
CAPÍTULO 6
862.000,00
862.000,00
CAPÍTULO 7
CAPÍTULO 8
862.000,00
862.000,00
862.000,00
862.000,00
TOTAL
862.000,00
862.000,00
Madrid, a 23 de julio de 2024.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/12.287/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240726-43
CAPÍTULO 9
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 177
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 23 de julio de 2024, por el que se aprueba un crédito extraordinario, por importe de 862.000,00 euros, en el Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (9/2024), ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 862.000,00 euros en el
Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, correspondiente al capítulo 6 “Inversiones reales” en la aplicación presupuestaria 501/102/491.01/636.01
“Equipos para proceso de datos (reforma y reposición)” del programa 491.01 “Servicios informáticos y comunicaciones”.
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales obtenido de la liquidación del Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2023, en la medida que el remanente del conjunto de entes que
conforman el grupo de consolidación del Ayuntamiento excede al superávit en términos de contabilidad nacional. Estas son magnitudes obtenidas de la liquidación del Presupuesto General del
Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos del ejercicio 2023”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas).
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
GASTOS
ALTAS
BAJAS
INGRESOS
TOTAL
MAYOR
MENOR
TOTAL
CAPÍTULO 1
CAPÍTULO 2
CAPÍTULO 3
CAPÍTULO 4
CAPÍTULO 6
862.000,00
862.000,00
CAPÍTULO 7
CAPÍTULO 8
862.000,00
862.000,00
862.000,00
862.000,00
TOTAL
862.000,00
862.000,00
Madrid, a 23 de julio de 2024.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/12.287/24)
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CAPÍTULO 9