Madrid (BOCM-20240726-44)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 177
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 23 de julio de 2024, por el que se aprueba un suplemento de crédito, por importe de 2.579.124,00 euros, en el Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (9/2024) ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 2.579.124,00 euros,
en el Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, con
el detalle de las aplicaciones presupuestarias que corresponden a este suplemento de crédito que se recogen en las dotaciones del anexo.
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales
obtenido de la liquidación del Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2023, en la medida que el remanente del conjunto de entes
que conforman el grupo de consolidación del Ayuntamiento excede al superávit en términos
de contabilidad nacional. Estas son magnitudes obtenidas de la liquidación del Presupuesto
General del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos del ejercicio 2023”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas).
ANEXO
CENTRO
SECCIÓN
PROGRAMA
ECONÓMICO
501
102
491.01
626.01
EQUIPOS PARA PROCESO DE DATOS
DENOMINACIÓN
501
102
491.01
641.00
APLICACIONES INFORMÁTICAS
IMPORTE
950.000,00
1.629.124,00
TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO
2.579.124,00
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
GASTOS
ALTAS
BAJAS
INGRESOS
TOTAL
MAYOR
MENOR
TOTAL
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
2.579.124,00
2.579.124,00
Capítulo 8
2.579.124,00
2.579.124,00
2.579.124,00
2.579.124,00
Capítulo 9
TOTAL
2.579.124,00
2.579.124,00
Madrid, a 23 de julio de 2024.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.
(03/12.285/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240726-44
Capítulo 7
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 177
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 23 de julio de 2024, por el que se aprueba un suplemento de crédito, por importe de 2.579.124,00 euros, en el Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (9/2024) ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 2.579.124,00 euros,
en el Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, con
el detalle de las aplicaciones presupuestarias que corresponden a este suplemento de crédito que se recogen en las dotaciones del anexo.
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales
obtenido de la liquidación del Presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2023, en la medida que el remanente del conjunto de entes
que conforman el grupo de consolidación del Ayuntamiento excede al superávit en términos
de contabilidad nacional. Estas son magnitudes obtenidas de la liquidación del Presupuesto
General del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos del ejercicio 2023”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas).
ANEXO
CENTRO
SECCIÓN
PROGRAMA
ECONÓMICO
501
102
491.01
626.01
EQUIPOS PARA PROCESO DE DATOS
DENOMINACIÓN
501
102
491.01
641.00
APLICACIONES INFORMÁTICAS
IMPORTE
950.000,00
1.629.124,00
TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO
2.579.124,00
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
GASTOS
ALTAS
BAJAS
INGRESOS
TOTAL
MAYOR
MENOR
TOTAL
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
2.579.124,00
2.579.124,00
Capítulo 8
2.579.124,00
2.579.124,00
2.579.124,00
2.579.124,00
Capítulo 9
TOTAL
2.579.124,00
2.579.124,00
Madrid, a 23 de julio de 2024.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.
(03/12.285/24)
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ISSN 1989-4791
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Capítulo 7