Boadilla del Monte (BOCM-20240726-61)
Personal. Nombramiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL
«1.o Nombrar, mediante el sistema de libre designación con convocatoria pública, a
doña Marina Menéndez Miralbés, con DNI ***3224**, en el puesto número 486 de Jefe de
Servicio, adscrito a la Unidad Orgánica “0207 Tesorería-Gestión de Ingresos”, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, perteneciente a una plaza encuadrada en la Escala de
Administración General (rama jurídica o económica)/Administración Especial Técnica Superior/FHCN, Grupo A, Subgrupo A1, nivel de complemento de destino 28.
2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
3.o El plazo de toma de posesión en el puesto será de tres días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
4.o Dar traslado de la presente resolución a la Unidad Orgánica “0207 TesoreríaGestión de Ingresos” del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, para debido conocimiento
y a los efectos oportunos.
5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente».
En Boadilla del Monte, a 9 de julio de 2024.—El primer teniente de alcalde-delegado
de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(03/11.800/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240726-61
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 2637/2024, de 4 de julio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL
«1.o Nombrar, mediante el sistema de libre designación con convocatoria pública, a
doña Marina Menéndez Miralbés, con DNI ***3224**, en el puesto número 486 de Jefe de
Servicio, adscrito a la Unidad Orgánica “0207 Tesorería-Gestión de Ingresos”, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, perteneciente a una plaza encuadrada en la Escala de
Administración General (rama jurídica o económica)/Administración Especial Técnica Superior/FHCN, Grupo A, Subgrupo A1, nivel de complemento de destino 28.
2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
3.o El plazo de toma de posesión en el puesto será de tres días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
4.o Dar traslado de la presente resolución a la Unidad Orgánica “0207 TesoreríaGestión de Ingresos” del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, para debido conocimiento
y a los efectos oportunos.
5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente».
En Boadilla del Monte, a 9 de julio de 2024.—El primer teniente de alcalde-delegado
de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(03/11.800/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240726-61
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 2637/2024, de 4 de julio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor: