Boadilla del Monte (BOCM-20240726-60)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 177

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

BOADILLA DEL MONTE

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 2825/2024, de 17 de julio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o- Elevar a definitiva la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas aprobada por decreto número 2372/2024, de 17 de junio, del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 153, de 28 de junio de 2024), en el proceso selectivo convocado para la
cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera, por el turno de promoción interna,
mediante concurso-oposición, de una plaza de Técnico de Gestión, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, todo ello en base a lo dispuesto en la base 5.3.a de las específicas que rigen
la convocatoria.
2.o- De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador, en sesión de 15
de julio de 2024, el ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición tendrá lugar el día 10 de
octubre de 2024, a las 16:00 horas, en el Centro de Formación, sito en la calle Victoria Eugenia de Battenberg, número 10, de Boadilla del Monte.
3.o- Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
4.o- La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de
la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
En Boadilla del Monte, a 19 de julio de 2024.—El primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(01/12.050/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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